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SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS PARA PREPARAR OPOSICIONES

02/06/2022

 

Debes saber que hay Admistraciones que proporcionan Subvenciones y Ayudas para preparar una Oposición. De la misma manera que periódicamente las administraciones públicas publican ayudas para diversas formaciones y estudios, oficiales o que no están incluidos en el Catálogo de Cualificaciones Profesionales (ayudas para recualificación de trabajadores en activo, desempleados o perfiles con dificultades para insertarse profesionalmente), existen ayudas para conseguir una plaza de Funcionario. Actualmente, tanto el Estado como algunas comunidades autónomas, conceden subvenciones para Opositores que quieran realizar un curso de preparación para una Oposición de su Especialidad o nivel.

Por otra parte existen entidades del sector privado y entidades bancarias que proporcionan Becas para estudios, entre los que se incluyen las Oposiciones.

Estas son algunas de las últimas ayudas y subvenciones publicadas para la preparación de oposiciones:

Ayudas para la preparación de oposiciones, para el ingreso en los cuerpos y escalas del grupo A de la administración de la Generalitat Valenciana (ingenieros, arquitectos, ingenieros técnicos, licenciados, diplomados o titulados de Grado).

 

¿Quién puede solicitarlas?

Personas físicas de hasta 30 años de edad que estén en posesión de la titulación universitaria de licenciatura o grado y cumplan los requisitos de la convocatoria.

Requisitos

Podrán beneficiarse de estas ayudas aquellas personas que, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los siguientes requisitos:

a) No ser mayor de 30 años.
b) Tener la nacionalidad española o la de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea. En el caso de ciudadanas y ciudadanos de la Unión Europea o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser personas trabajadoras por cuenta propia o ajena. A estos efectos, tendrán la consideración de «familiares» la o el cónyuge o la pareja de hecho formalizada, así como ascendientes directos a cargo y descendientes directos a cargo, menores de 21 años. En el supuesto de personas extranjeras no comunitarias, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de dichas personas en España y su integración social.
c) Estar en posesión de titulación universitaria de licenciatura o grado.
d) No estar disfrutando de ayudas o subvenciones para el mismo objeto de otros entes públicos ni privados, ni haberlo hecho durante un máximo de tres años, continuados o alternos, anteriores a la convocatoria, ni haber incumplido las obligaciones determinadas en el artículo 15 en alguna convocatoria anterior.
e) No hallarse incursas en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, lo cual se acreditará por medio de la declaración responsable incluida en el modelo de solicitud, accesible en la sede electrónica de la Generalitat, https:// sede.gva.es.
f) Contar con la dirección de un centro especializado o una persona preparadora para orientar el proceso de preparación, o comenzar la preparación al inicio del período subvencionable determinado en cada convocatoria.
g) Acreditar la situación económica a los efectos de su valoración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a.
h) Estar empadronada y tener residencia efectiva en la Comunitat Valenciana al menos cinco años de los últimos diez, requiriéndose, asimismo, el certificado de empadronamiento a efectos de acreditación de miembros de la unidad familiar para la valoración de su situación económica.
i) Acreditar una nota media mínima en el expediente académico de la licenciatura o grado exigido en cada convocatoria de oposiciones según la siguiente tabla:
Nota media mínima en escala de 0 a 10: 7
Nota media mínima en escala de 1 a 4: 2
En caso de titulaciones obtenidas en centros extranjeros, deberá aportarse la equivalencia de la nota media.
j) No tener un nivel de renta por miembro de la unidad familiar superior a tres veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).
k) Las personas solicitantes que opten a la reserva específica establecida en el resuelvo cuarto deberán además acreditar un grado de diversidad funcional igual o superior al 33 % así como el cumplimiento del resto de requisitos exigidos.

Ayudas económicas para la preparación de oposiciones para el ingreso en las Carreras Judicial y Fiscal, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y en el Cuerpo de Abogados del Estado.

 

Para estas subvenciones, estos son los requisitos exigidos a las personas beneficiarias de las ayudas tendrán las siguientes obligaciones:

a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida para el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a os fondos percibidos.

e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente.

f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

h) En el supuesto de haber superado la fase de oposición del proceso selectivo, ponerlo inmediatamente en conocimiento del Centro de Estudios Jurídicos.

Y además.

1. No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. No estar disfrutando de otras ayudas o subvenciones para el mismo objeto, de entes públicos ni privados.

3. Reunir los requisitos exigidos en la última convocatoria de acceso a las Carreras Judicial y Fiscal, al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia o al Cuerpo de Abogados del Estado, respectivamente.

4. Estudiar la oposición bajo la dirección de un centro especializado, o de uno o varios preparadores o preparadoras.

​BECAS PARA PREPARAR OPOSICIONES: LA ESCUELA DE OPOSICIONES TÉCNICAS.

 

Nuestro Centro asociado de preparación de oposiciones La Escuela de Oposiciones Técnicas concede BECAS para alumnos que están en alguna de las siguientes situaciones:

Parados o desempleados de larga duración.

Personas con 33% de discapacidad.

Mujeres víctimas de violencia de género.

Mayores de 45 años.

Menores de 30 años.

Personas en situación de vulnerabilidad económica o social.

 

Si deseas conococer todas las ayudas, subvenciones y becas que existen en tu comunidad autónoma ponte en contacto con nosotros y te informaremos.