Fecha convocatoria
26/11/2020
Grupo
A1
Plazas
1
TIPO DE PERSONAL
PLAZO INSCRIPCIÓN
MÁS INFORMACIÓN
El 26 de noviembre de 2020 se publicó en el BOE el anuncio de la convocatoria de una plaza de Arquitecto para el Ayuntamiento de Leganés. Esta plaza pertenece al turno de estabilización temporal de acceso libre y a través del sistema de concurso-oposición. En el BOCM del 13 de julio de 2020 puedes consultar las bases de la convocatoria.
El temario de la oposición es el siguiente:
Parte general:
1. La Constitución española de 1978 (I): Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.
2. La Constitución española de 1978 (II): El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial.
3. La Organización territorial del Estado en la Constitución: Principios generales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas: los Estatutos de Autonomía: elaboración, aprobación y reforma
4. La Unión Europea. Origen y evolución. El proceso de integración de España. Instituciones y Organismos de la Unión Europea: composición, funcionamiento y competencias. La Unión económica y monetaria.
5. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de régimen local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local.
6. El municipio: Concepto y elementos. El término municipal: El problema de la planta municipal. Alteraciones de los términos municipales. Legislación básica y legislación autonómica.
7. La Modernización del Gobierno Local. El régimen de organización de los municipios de gran población.
8. El alcalde, la Junta de Gobierno y el Pleno. Composición y Competencias.
9. Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Leganés.
10. Las competencias municipales: Sistema de determinación. Competencias propias, delegadas y distintas de las propias y delegadas. Los servicios mínimos. La reserva de servicios.
11. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Disposiciones generales. Objeto, ámbito subjetivo de aplicación y principios generales. De los órganos administrativos. Administración General del Estado. Organización administrativa
12. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): De los actos administrativos. Concepto, elementos y clases. Requisitos de los actos administrativos. Producción y contenido. Motivación. Forma. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad.
13. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): El procedimiento administrativo común: Concepto. Abstención y recusación. Capacidad de obrar. Concepto de interesado. Representación. Registro electrónico de apoderamientos. Pluralidad de interesados. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.
14. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (III): El procedimiento administrativo común: Iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización del procedimiento. El procedimiento simplificado. De la revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos administrativos.
15. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (IV): Derecho de las personas. Derecho de acceso a archivos y registros. Registros. Colaboración y comparecencia de los ciudadanos. Responsabilidad de la tramitación. Obligación de resolver. El silencio administrativo. Ejecución de los actos en vía administrativa.
16. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: ingresos de derecho público e ingresos de derecho privado. Especial referencia a las tasas. Contribuciones especiales y precios públicos. Impuestos municipales: concepto y clasificación.
17. El Presupuesto General de las Entidades Locales: concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La elaboración y aprobación del Presupuesto General. La prórroga presupuestaria.
18. Contratos administrativos: concepto. Legislación vigente. Clases de contratos. Contratos sujetos a regulación armonizada Selección de contratistas: formas, derechos y deberes del contratista; derechos y deberes de la Administración.
Parte específica:
1. Historia del ordenamiento urbanístico español. Referencia histórica del planeamiento de Leganés. Legislación vigente en materia de Urbanismo. Organización administrativa del urbanismo: competencias estatales y de las comunidades autónomas.
2. Texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana de 30 de octubre de 2015. Principios Generales.
3. Plan General de Ordenación Urbana de Leganés (I). Estructura. Contenido. Suelo urbano. Suelo urbanizable. Suelo no urbanizable.
4. Plan General de Ordenación Urbana de Leganés (II). Normas Urbanísticas. Normas Particulares de suelo Urbano. Ordenanzas.
5. Plan General de Ordenación Urbana de Leganés (III) Normas de Usos.
6. Plan General de Ordenación Urbana de Leganés (IV) Normas de Edificación. Normas de Urbanización.
7. Planeamiento de desarrollo en Leganés: ámbitos incorporados al Plan General de Ordenación Urbana de Leganés vigente y planeamiento posterior. Régimen urbanístico del suelo. La clasificación del suelo. Principios generales del régimen urbanístico de la propiedad del suelo. Derechos y deberes generales de los propietarios. Especial referencia al régimen establecido en la legislación urbanística madrileña.
8. Régimen urbanístico del suelo y derechos y deberes de los propietarios: en suelo urbano, urbanizable y suelo no urbanizable de protección. Especial referencia al régimen establecido en la legislación urbanística madrileña.
9. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid (I): Determinaciones sobre las redes públicas. Las cesiones de redes de infraestructuras, equipamientos y servicios públicos.
10. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid (II): Determinaciones sobre las edificabilidades y los aprovechamientos urbanísticos
11. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid (III): Planeamiento urbanístico. Determinaciones legales y reglamentarias. Ordenanzas municipales. Determinaciones estructurantes y pormenorizadas.
12. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid (IV): Determinaciones de la ordenación urbanística. División y usos del suelo. Determinaciones de la ordenación urbanística Zonas urbanísticas de ordenación pormenorizada.
13. El planeamiento municipal general (I). Los Planes Generales municipales de ordenación. Función, contenido, documentación.
14. El planeamiento municipal general (II). Los Planes de Sectorización. Función, contenido, documentación.
15. El Planeamiento Urbanístico de Desarrollo (I). Planes Parciales de Ordenación. Objeto, contenido, determinaciones. Elaboración, tramitación y aprobación. Competencia. Ejecución. Modificación.
16. El Planeamiento Urbanístico de Desarrollo (II). Planes Especiales. Clases. Objeto, contenido, determinaciones. Elaboración, tramitación y aprobación. Competencia. Ejecución. Modificación.
17. El Planeamiento Urbanístico de Desarrollo (III). Estudios de Detalle. Objeto, contenido, determinaciones. Elaboración, tramitación y aprobación. Competencia. Ejecución. Modificación.
18. El Planeamiento Urbanístico de Desarrollo (IV). Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos. Objeto, contenido, determinaciones. Elaboración, tramitación y aprobación. Competencia. Ejecución. Modificación.
19. La ejecución del planeamiento urbanístico. Actividad de ejecución: contenido y formas de desarrollo. Actuaciones aisladas y actuaciones integradas. Proyectos técnicos de ejecución material. Los diferentes sistemas de ejecución de los planes urbanísticos. Otras formas de ejecución: actuaciones no integradas y áreas de rehabilitación concertada.
20. Los Proyectos de Urbanización. Contenido sustantivo y documental. Formulación y aprobación. Reparcelaciones urbanísticas. Criterios y procedimiento. Reparcelación económica. La gestión mediante unidades de ejecución. La delimitación de las unidades de ejecución.
21. La elección del sistema de ejecución. La ejecución pública y privada. El sistema de compensación. Obligaciones y responsabilidades de la junta de compensación. El sistema de cooperación. La expropiación como sistema de ejecución del planeamiento. Justiprecio y pago en especie. La práctica de los convenios urbanísticos. La expropiación urbanística.
22. Obtención y ejecución de redes públicas: ocupación directa, permuta forzosa, expropiación. Otras cargas del planeamiento urbanístico.
23. Los límites legales de la potestad de planeamiento. Estándares urbanísticos. Dotaciones en los planes parciales de ordenación. Otras determinaciones sustantivas de ordenación.
24. Conservación de la urbanización. Obras y cargas de urbanización. Recepción de la urbanización. Recursos hidrológicos: Ley de Aguas; Reglamento del Dominio Público Hidráulico; zonas de afección. Influencia en las condiciones edificatorias de solares o parcelas. Incidencia en las competencias urbanísticas municipales. Coordinación de competencias.
25. Infraestructuras generales para el transporte viario. Régimen jurídico. Modelo competencial y legislativo. Legislación estatal y autonómica. Coordinación de competencias. Zonas de afección. Limitaciones, servidumbres y expropiaciones. Relación con la ordenación del territorio. Incidencia en el planeamiento.
26. Parcelaciones. Actos de parcelación rústica y actos de parcelación urbanística. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid: Intervención en el mercado inmobiliario de suelo.
27. Los patrimonios públicos de suelo. Adquisición, destino y disposición. Derecho de superficie, Derechos de tanteo y retracto.
28. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid: Contenido y alcance de la intervención municipal en actos de construcción, edificación y uso del suelo. Licencias urbanísticas.
29. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid: Competencia, procedimiento de otorgamiento de licencias urbanísticas, eficacia y caducidad. Licencias disconformes sobrevenidamente con el planeamiento urbanístico.
30. Conservación y rehabilitación de terrenos, construcciones y edificios. Ruina. Inspección urbanística. Funciones, servicios y visitas de inspección. Infracciones urbanísticas. Régimen general. Concepto, clases de infracciones y tipos legales, consecuencias, graduación y cuantía de las sanciones.
31. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid: Intervención de la Comunidad de Madrid. Calificaciones urbanísticas y los proyectos de actuación especial. Cooperación interadministrativa: Comisión de Urbanismo de Madrid, Jurado Territorial de Expropiación, Mancomunidades, Consorcios.
32. Criterios legales de valoración del suelo, edificaciones y otras afecciones a efectos expropiatorios. Valoraciones urbanísticas. Métodos. Tipos de valor. Legislación. Teoría del valor. Relación entre el valor y precio. Criterios de valoración. Métodos de valoración según su finalidad. Valoraciones inmobiliarias. Criterios. Métodos. Legislación.
33. La Ordenanza Reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas del Ayuntamiento de Leganés.
34. La Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior mediante Vallas Publicitarias del Ayuntamiento de Leganés.
35. Ascensores, normativa de aplicación. Aplicación en edificios singulares. Cumplimientos de accesibilidad. La Ordenanza Municipal de instalación de ascensores en edificios residenciales del Ayuntamiento de Leganés.
36. Plan de Movilidad Urbana de Leganés. Conceptos básicos y propuestas de actuación. Alternativas al vehículo privado. Carriles bici. Transporte público.
37. Normativa de la edificación. La Ley de Ordenación de la Edificación. (LOE). Exigencias técnicas y administrativas de la edificación. Agentes y Responsabilidad.
38. Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. Objeto, ámbito de aplicación, caracterización y requisitos constructivos.
39. La seguridad en caso de incendio según el CTE. Documentos Básicos DB-SI.
40. Eficiencia energética de la edificación. Condiciones térmicas de los edificios. Aislamiento térmico. Legislación aplicable.
41. Los recursos municipales en materia de Medio-Ambiente. Gestión de residuos.
42. Cimentaciones profundas en el CTE. Pilotes y micropilotes. Cimentaciones especiales. Muros de contención. Pantallas. Taludes.
43. Estructuras de fábrica. Tipos de muros según el CTE. Ejecución. Control.
44. Hormigón armado. Componentes. Ejecución. Control. Mantenimiento. Estructuras porticadas y laminares. Estructuras de hormigón en edificación. Cálculo de sobrecargas. Ensayos en fase de ejecución. Determinación de resistencia posterior por ensayos. Normativa en vigor.
45. Encofrados. Cálculo de presiones de hormigonado. Dimensionado encofrados tradicionales. Encofrados modulares. Encofrado de pilares. Encofrados de forjados. Encofrados de muros. Encofrados deslizantes y trepantes.
46. Andamios. Tipos. Elementos. Cálculo.
47. Demoliciones de edificios. Apeos y apuntalamientos
48. Estructuras de acero en la edificación. Vigas y soportes. Cerchas. Uniones típicas según el CTE. Ejecución. Control. Mantenimiento. Cálculo de estructura metálica conforme a la normativa vigente.
49. Forjados. Tipos y materiales. Elementos compositivos. Ejecución y control.
50. Cubiertas inclinadas. Criterios de diseño: estanquidad al agua y al viento, captación y disipación de energía, confort, seguridad estructural y contra el fuego, durabilidad y mantenimiento. Materiales de cubrición.
51. Envolventes de fachada (I). Fachadas ligeras: paneles metálicos y no metálicos; juntas permeables e impermeables. Fachadas pesadas: paredes con cámara; paneles de hormigón; paneles de GRC; otros materiales; anclajes.
52. Envolventes de fachada (II): revestimientos exteriores: aplacados de piedra y cerámicos; enfoscados; revocos; otros materiales.
53. Carpinterías: Soluciones, criterios de diseño y cálculo. Criterios de selección de productos y sistemas de ejecución, conservación y mantenimiento.
54. Instalaciones de fontanería según el CTE. Agua fría y agua caliente sanitaria. Diseño. Dimensionado. Ejecución. Pruebas. Conservación y mantenimiento.
55. Instalaciones de evacuación de aguas según el CTE. Diseño. Dimensionado. Ejecución. Pruebas. Conservación y mantenimiento.
56. Sistemas de calefacción en edificios (Gas, eléctricos, bombas, gasóleo, etc.). Calculo y dimensionado de potencias. Ensayos y normativa de aplicación. Mantenimiento del sistema.
57. Climatización. Elementos necesarios. Aplicación a edificios singulares uso deportivo, educacional, publico, etc. Factores influyentes. Control de humedad. Ensayos de instalación. Dotaciones. Normativa en vigor.
58. Instalaciones eléctricas en edificación. Cumplimiento de reglamentos y normativas. Dimensionado de la instalación y cableado. Cálculo de dotaciones y protecciones.
59. Protección contra la humedad en edificación. Tipos de humedades en edificios. Medidas de prevención de humedades. Medidas de corrección de humedades. Impermeabilizaciones. Normativa.
60. La exigencia de eficiencia energética en el reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) y en sus instrucciones técnicas. La certificación energética de edificios. Acondicionamiento higrotérmico: tipos y sistemas. Generación de calor y de frío: energías tradicionales y renovables.
61. Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid. Residuos que contengan amianto: Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo.
62. Luminotecnia e instalaciones de alumbrado en edificios. Magnitudes y unidades de medida. Cálculos y dimensionados. Temperatura de color y sus aplicaciones. Tipos de lámparas, ventajas e inconvenientes. Ensayos de instalación. Normativa en vigor.
63. Redacción de proyectos de obras. Fases de trabajo. Documentos. Tramitación administrativa. Pliego de condiciones técnicas. Referencias a Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
64. Expedientes de licitación y contratación. Clasificación de contratistas. Los contratos de obras. Referencias a la TRLCSP y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
65. Expedientes de licitación y contratación. Los contratos de servicios y de gestión de servicios. Referencias a la TRLCSP y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
66. Expedientes de licitación y contratación. Los contratos de suministros. Referencias a la TRLCSP y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
67. El inicio de las obras de la administración. El acta de replanteo. El acta de comprobación de replanteo. Paralización y/o suspensión de las obras. Referencias a la TRLCSP y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
68. Las certificaciones de las obras públicas. Tipos. Períodos. Relación valorada. Medición de la obra. Referencias a la TRLCSP y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
69. La recepción de las obras públicas. Comunicados actas. Documentos. Referencias a la TRLCSP y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
70. El Proyecto de rehabilitación. Criterios de intervención. Valoración de la integración, adecuación histórica y cultural. Técnicas de intervención.
71. Accesibilidad universal y supresión de barreras. Obligaciones de las Administraciones Públicas.
72. Prevención de riesgos laborales en la construcción. Referencia al Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre. Seguridad y salud en la edificación. El estudio y el plan de seguridad. Aplicación en el proyecto y en la ejecución. Estudio Básico y Estudio de Seguridad y Salud. Plan de Seguridad y Salud. Libro de Incidencias.”
a) No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o separada, inhabilitado o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
b) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de instancias, Título de arquitecto o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
Consistirá en un concurso-oposición.
La fase de oposición será previa a la de concurso, tendrá carácter eliminatorio y en la realización de los ejercicios escritos deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato del personal aspirantes, salvo que, el tribunal ejerza la facultad de solicitar del personal opositor la lectura del ejercicio al objeto de pedir las aclaraciones y concreciones a lo expuesto por escrito por el personal opositor.
Fase de oposición:
Prueba de conocimientos: se valorará hasta un máximo de 60 puntos.
Estará integrada por dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: consistirá en contestar a un máximo de 100 preguntas tipo test con respuestas alternativas que preparará el Tribunal el mismo día de celebración del ejercicio, para lo cual se debe reunir 2 horas antes del comienzo de la prueba. Las preguntas versarán sobre el contenido que figura en el temario de temas comunes y específicos. El tiempo máximo para este ejercicio lo determinará el tribunal. Cada pregunta tendrá tres respuestas posibles, siendo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo. Las respuestas erróneas no restarán y las preguntas no contestadas o con más de una opción de respuesta no tendrán valoración.
Calificación: la valoración máxima por este ejercicio será de 20 puntos, necesitando un mínimo de 10 puntos para aprobar y pasar al ejercicio siguiente.
Contra dicha calificación podrá presentarse alegaciones en un plazo de tres días hábiles.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de un supuesto práctico a elegir, entre dos que propondrá el Tribunal que versará sobre los contenidos del temario específico, las funciones concretas del puesto de trabajo y los conocimientos complementarios necesarios para el desarrollo de sus funciones. El tiempo máximo para desarrollar el ejercicio lo determinará el Tribunal.
Calificación: la valoración máxima por esta prueba será de 40 puntos haciendo falta un mínimo de 20 puntos para considerar superada la prueba.
Contra dicha calificación podrá presentarse alegaciones en un plazo de tres días hábiles.
Para el segundo ejercicio, el tribunal podrá decidir la realización de la lectura pública del ejercicio al objeto de pedir aclaraciones y concreciones a lo expuesto por escrito por los aspirantes. La valoración del ejercicio se hará en función de la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados, del contenido del texto, correcta expresión escrita y oral, en su caso, de la aportación personal del aspirante, así como de la claridad, capacidad de síntesis, exposición de ideas y orden.
La prueba de conocimientos tendrá carácter eliminatorio y será previa a la valoración de méritos.
Fase de concurso:
No tendrá carácter eliminatorio. La valoración de los méritos sólo se realizará respecto del personal aspirante que haya superado la fase de oposición.
Consistirá en la valoración por el Tribunal de los méritos que acrediten el personal aspirante, referidos al último día de presentación de instancias.
El personal aspirante que hubiera superado la fase de oposición dispondrá de un plazo de diez días hábiles para presentar los méritos por el mismo procedimiento telemático por el que se presentó la solicitud.
El Tribunal podrá requerir a los interesados y las interesadas cualquier tipo de aclaración sobre la documentación presentada. Si no fuera atendido el requerimiento, no se valorará el mérito correspondiente. Asimismo el Tribunal se reserva el derecho a comprobar con los órganos que expidan las certificaciones la veracidad del contenido de las mismas cuando a juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
El Tribunal solo podrá valorar o solicitar aclaración sobre los méritos alegados en plazo por los concursantes o las concursantes. Los méritos deberán estar redactados en castellano. Respecto a los méritos acreditados mediante documentos redactados en un idioma distinto al castellano, los concursantes o las concursantes deberán presentar junto con el original, traducción literal del contenido de dichos documentos, en caso contrario, no se procederá a su valoración.
La puntuación máxima a obtener en el concurso de méritos será de 40 puntos.
A) Experiencia profesional:
— Por haber prestado servicios en cualquier Administración Local en el mismo cuerpo o escala que es objeto de la convocatoria a razón de 1,5 puntos por cada 6 meses o fracción superior a 3 meses.
— Por haber prestado servicios en cualquier Administración Pública en el mismo cuerpo o escala que es objeto de la convocatoria a razón de 0,75 puntos por cada 6 meses o fracción superior a 3 meses.
Por tratarse de un proceso selectivo extraordinario de estabilización de empleo, la valoración de méritos en este apartado solo se computará si los servicios prestados por el aspirante a la plaza lo han sido en la condición de funcionario interino o funcionaria interina.
En su caso, para acreditar la experiencia laboral en el sector público, será necesario aportar original o fotocopia de certificados o documento que corresponda, según proceda, de los servicios prestados, con indicación de la Administración correspondiente, naturaleza del vínculo, especialidad y categoría profesional, denominación del puesto, grupo de titulación, fecha de inicio y finalización.
Si se trata de servicios prestados en el propio Ayuntamiento de Leganés, se expedirá de oficio por el Ayuntamiento informe de servicios prestados, no siendo necesario la petición del interesado o interesada.
No se computará como antigüedad (a efectos de meritar la experiencia) los períodos de suspensión de empleo y sueldo, suspensión por mutuo acuerdo de las partes, así como las excedencias voluntarias.
No serán tenidos en cuenta como mérito de experiencia los períodos trabajados en situación de: superior categoría, adscripciones provisionales y promociones internas temporales; en estos casos sólo se valorará el período de tiempo como prestado en la categoría de la plaza que tenga con carácter interino.
La puntuación máxima a obtener en el apartado Experiencia Profesional será de 30 puntos.
Forma de acreditación de la experiencia:
B) Formación:
La puntuación máxima a obtener por este apartado será de 10 puntos.
1. Cursos de formación y perfeccionamiento recibidos (hasta un máximo de 6 puntos). Sólo se valorarán los cursos relacionados directamente con el contenido técnico del puesto de trabajo, convocados, impartidos u homologados por Universidades, institutos u organismos públicos, colegios profesionales, organizaciones sindicales u agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas (IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas) y siempre que se hubiere expedido diploma o certificación de asistencia o aprovechamiento. No se computarán los cursos o jornadas en los que no constare su duración ni los de duración inferior a 10 horas. La puntuación será la siguiente:
— De 10 a 20 horas lectivas: 0,10 puntos.
— De 21 a 40 horas lectivas: 0,15 puntos.
— De 41 a 60 horas lectivas: 0,20 puntos.
— De 61 a 80 horas lectivas: 0,30 puntos.
— De 81 a 100 horas lectivas: 0,40 puntos.
— De 101 a 200 horas lectivas: 0,50 puntos.
— De 201 o más horas lectivas: 0,75 puntos.
2. Cursos de formación y perfeccionamiento impartidos (hasta un máximo de 1 punto).
Cuando la asistencia a los cursos especificados en los apartados anteriores se haya realizado en calidad de docente, se valorarán con el doble de lo especificado para cada supuesto.
3. Publicaciones: por ser autor de libros, artículos, publicaciones; ponencias o comunicaciones presentadas a congresos cuyo contenido esté relacionado con las funciones y formación del puesto de trabajo, se otorgarán por cada publicación los puntos establecidos a continuación, con un máximo de 1 punto.
— Por cada libro: 0,40 puntos.
— Por cada artículo publicado en revistas de difusión internacional: 0,30 puntos.
— Por cada artículo publicado en revistas de difusión nacional: 0,25 puntos.
— Por cada ponencia a congresos: 0,20 puntos.
— Por cada comunicación a congresos: 0,05 puntos.
4. Formación de postgrado (hasta un máximo de 2 puntos).
Por cada máster, curso de postgrado o curso superior, con una duración igual o superior a 300 horas realizado por una universidad u organismo público relacionado directamente, con el contenido del puesto de trabajo, se valorará 1 punto, con un máximo de 2 puntos.
Por tener el doctorado en materias relacionadas con el contenido técnico de la plaza objeto de la convocatoria, se valorará 2 puntos.
Forma de acreditación de la formación: en su caso, para acreditar como mérito la asistencia a cursos de formación o perfeccionamiento, relacionados con el contenido técnico de la plaza convocada y con las funciones a desarrollar, deberá aportarse copia del certificado o diploma de asistencia del curso con indicación del número de horas lectivas del curso y fechas o períodos de celebración o los créditos y su equivalencia en horas.
Si se trata de formación recibida en el propio Ayuntamiento de Leganés, se expedirá de oficio por el Ayuntamiento informe de cursos realizados no siendo necesario la petición del interesado.
El 26 de noviembre de 2020 se publicó en el BOE el anuncio de la convocatoria de una plaza de Arquitecto para el Ayuntamiento de Leganés. Esta plaza pertenece al turno de estabilización temporal de acceso libre y a través del sistema de concurso-oposición. En el BOCM del 13 de julio de 2020 puedes consultar las bases de la convocatoria.
El temario de la oposición es el siguiente:
Parte general:
1. La Constitución española de 1978 (I): Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.
2. La Constitución española de 1978 (II): El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial.
3. La Organización territorial del Estado en la Constitución: Principios generales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas: los Estatutos de Autonomía: elaboración, aprobación y reforma
4. La Unión Europea. Origen y evolución. El proceso de integración de España. Instituciones y Organismos de la Unión Europea: composición, funcionamiento y competencias. La Unión económica y monetaria.
5. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de régimen local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local.
6. El municipio: Concepto y elementos. El término municipal: El problema de la planta municipal. Alteraciones de los términos municipales. Legislación básica y legislación autonómica.
7. La Modernización del Gobierno Local. El régimen de organización de los municipios de gran población.
8. El alcalde, la Junta de Gobierno y el Pleno. Composición y Competencias.
9. Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Leganés.
10. Las competencias municipales: Sistema de determinación. Competencias propias, delegadas y distintas de las propias y delegadas. Los servicios mínimos. La reserva de servicios.
11. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Disposiciones generales. Objeto, ámbito subjetivo de aplicación y principios generales. De los órganos administrativos. Administración General del Estado. Organización administrativa
12. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): De los actos administrativos. Concepto, elementos y clases. Requisitos de los actos administrativos. Producción y contenido. Motivación. Forma. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad.
13. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): El procedimiento administrativo común: Concepto. Abstención y recusación. Capacidad de obrar. Concepto de interesado. Representación. Registro electrónico de apoderamientos. Pluralidad de interesados. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.
14. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (III): El procedimiento administrativo común: Iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización del procedimiento. El procedimiento simplificado. De la revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos administrativos.
15. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (IV): Derecho de las personas. Derecho de acceso a archivos y registros. Registros. Colaboración y comparecencia de los ciudadanos. Responsabilidad de la tramitación. Obligación de resolver. El silencio administrativo. Ejecución de los actos en vía administrativa.
16. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: ingresos de derecho público e ingresos de derecho privado. Especial referencia a las tasas. Contribuciones especiales y precios públicos. Impuestos municipales: concepto y clasificación.
17. El Presupuesto General de las Entidades Locales: concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La elaboración y aprobación del Presupuesto General. La prórroga presupuestaria.
18. Contratos administrativos: concepto. Legislación vigente. Clases de contratos. Contratos sujetos a regulación armonizada Selección de contratistas: formas, derechos y deberes del contratista; derechos y deberes de la Administración.
Parte específica:
1. Historia del ordenamiento urbanístico español. Referencia histórica del planeamiento de Leganés. Legislación vigente en materia de Urbanismo. Organización administrativa del urbanismo: competencias estatales y de las comunidades autónomas.
2. Texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana de 30 de octubre de 2015. Principios Generales.
3. Plan General de Ordenación Urbana de Leganés (I). Estructura. Contenido. Suelo urbano. Suelo urbanizable. Suelo no urbanizable.
4. Plan General de Ordenación Urbana de Leganés (II). Normas Urbanísticas. Normas Particulares de suelo Urbano. Ordenanzas.
5. Plan General de Ordenación Urbana de Leganés (III) Normas de Usos.
6. Plan General de Ordenación Urbana de Leganés (IV) Normas de Edificación. Normas de Urbanización.
7. Planeamiento de desarrollo en Leganés: ámbitos incorporados al Plan General de Ordenación Urbana de Leganés vigente y planeamiento posterior. Régimen urbanístico del suelo. La clasificación del suelo. Principios generales del régimen urbanístico de la propiedad del suelo. Derechos y deberes generales de los propietarios. Especial referencia al régimen establecido en la legislación urbanística madrileña.
8. Régimen urbanístico del suelo y derechos y deberes de los propietarios: en suelo urbano, urbanizable y suelo no urbanizable de protección. Especial referencia al régimen establecido en la legislación urbanística madrileña.
9. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid (I): Determinaciones sobre las redes públicas. Las cesiones de redes de infraestructuras, equipamientos y servicios públicos.
10. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid (II): Determinaciones sobre las edificabilidades y los aprovechamientos urbanísticos
11. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid (III): Planeamiento urbanístico. Determinaciones legales y reglamentarias. Ordenanzas municipales. Determinaciones estructurantes y pormenorizadas.
12. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid (IV): Determinaciones de la ordenación urbanística. División y usos del suelo. Determinaciones de la ordenación urbanística Zonas urbanísticas de ordenación pormenorizada.
13. El planeamiento municipal general (I). Los Planes Generales municipales de ordenación. Función, contenido, documentación.
14. El planeamiento municipal general (II). Los Planes de Sectorización. Función, contenido, documentación.
15. El Planeamiento Urbanístico de Desarrollo (I). Planes Parciales de Ordenación. Objeto, contenido, determinaciones. Elaboración, tramitación y aprobación. Competencia. Ejecución. Modificación.
16. El Planeamiento Urbanístico de Desarrollo (II). Planes Especiales. Clases. Objeto, contenido, determinaciones. Elaboración, tramitación y aprobación. Competencia. Ejecución. Modificación.
17. El Planeamiento Urbanístico de Desarrollo (III). Estudios de Detalle. Objeto, contenido, determinaciones. Elaboración, tramitación y aprobación. Competencia. Ejecución. Modificación.
18. El Planeamiento Urbanístico de Desarrollo (IV). Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos. Objeto, contenido, determinaciones. Elaboración, tramitación y aprobación. Competencia. Ejecución. Modificación.
19. La ejecución del planeamiento urbanístico. Actividad de ejecución: contenido y formas de desarrollo. Actuaciones aisladas y actuaciones integradas. Proyectos técnicos de ejecución material. Los diferentes sistemas de ejecución de los planes urbanísticos. Otras formas de ejecución: actuaciones no integradas y áreas de rehabilitación concertada.
20. Los Proyectos de Urbanización. Contenido sustantivo y documental. Formulación y aprobación. Reparcelaciones urbanísticas. Criterios y procedimiento. Reparcelación económica. La gestión mediante unidades de ejecución. La delimitación de las unidades de ejecución.
21. La elección del sistema de ejecución. La ejecución pública y privada. El sistema de compensación. Obligaciones y responsabilidades de la junta de compensación. El sistema de cooperación. La expropiación como sistema de ejecución del planeamiento. Justiprecio y pago en especie. La práctica de los convenios urbanísticos. La expropiación urbanística.
22. Obtención y ejecución de redes públicas: ocupación directa, permuta forzosa, expropiación. Otras cargas del planeamiento urbanístico.
23. Los límites legales de la potestad de planeamiento. Estándares urbanísticos. Dotaciones en los planes parciales de ordenación. Otras determinaciones sustantivas de ordenación.
24. Conservación de la urbanización. Obras y cargas de urbanización. Recepción de la urbanización. Recursos hidrológicos: Ley de Aguas; Reglamento del Dominio Público Hidráulico; zonas de afección. Influencia en las condiciones edificatorias de solares o parcelas. Incidencia en las competencias urbanísticas municipales. Coordinación de competencias.
25. Infraestructuras generales para el transporte viario. Régimen jurídico. Modelo competencial y legislativo. Legislación estatal y autonómica. Coordinación de competencias. Zonas de afección. Limitaciones, servidumbres y expropiaciones. Relación con la ordenación del territorio. Incidencia en el planeamiento.
26. Parcelaciones. Actos de parcelación rústica y actos de parcelación urbanística. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid: Intervención en el mercado inmobiliario de suelo.
27. Los patrimonios públicos de suelo. Adquisición, destino y disposición. Derecho de superficie, Derechos de tanteo y retracto.
28. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid: Contenido y alcance de la intervención municipal en actos de construcción, edificación y uso del suelo. Licencias urbanísticas.
29. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid: Competencia, procedimiento de otorgamiento de licencias urbanísticas, eficacia y caducidad. Licencias disconformes sobrevenidamente con el planeamiento urbanístico.
30. Conservación y rehabilitación de terrenos, construcciones y edificios. Ruina. Inspección urbanística. Funciones, servicios y visitas de inspección. Infracciones urbanísticas. Régimen general. Concepto, clases de infracciones y tipos legales, consecuencias, graduación y cuantía de las sanciones.
31. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid: Intervención de la Comunidad de Madrid. Calificaciones urbanísticas y los proyectos de actuación especial. Cooperación interadministrativa: Comisión de Urbanismo de Madrid, Jurado Territorial de Expropiación, Mancomunidades, Consorcios.
32. Criterios legales de valoración del suelo, edificaciones y otras afecciones a efectos expropiatorios. Valoraciones urbanísticas. Métodos. Tipos de valor. Legislación. Teoría del valor. Relación entre el valor y precio. Criterios de valoración. Métodos de valoración según su finalidad. Valoraciones inmobiliarias. Criterios. Métodos. Legislación.
33. La Ordenanza Reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas del Ayuntamiento de Leganés.
34. La Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior mediante Vallas Publicitarias del Ayuntamiento de Leganés.
35. Ascensores, normativa de aplicación. Aplicación en edificios singulares. Cumplimientos de accesibilidad. La Ordenanza Municipal de instalación de ascensores en edificios residenciales del Ayuntamiento de Leganés.
36. Plan de Movilidad Urbana de Leganés. Conceptos básicos y propuestas de actuación. Alternativas al vehículo privado. Carriles bici. Transporte público.
37. Normativa de la edificación. La Ley de Ordenación de la Edificación. (LOE). Exigencias técnicas y administrativas de la edificación. Agentes y Responsabilidad.
38. Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. Objeto, ámbito de aplicación, caracterización y requisitos constructivos.
39. La seguridad en caso de incendio según el CTE. Documentos Básicos DB-SI.
40. Eficiencia energética de la edificación. Condiciones térmicas de los edificios. Aislamiento térmico. Legislación aplicable.
41. Los recursos municipales en materia de Medio-Ambiente. Gestión de residuos.
42. Cimentaciones profundas en el CTE. Pilotes y micropilotes. Cimentaciones especiales. Muros de contención. Pantallas. Taludes.
43. Estructuras de fábrica. Tipos de muros según el CTE. Ejecución. Control.
44. Hormigón armado. Componentes. Ejecución. Control. Mantenimiento. Estructuras porticadas y laminares. Estructuras de hormigón en edificación. Cálculo de sobrecargas. Ensayos en fase de ejecución. Determinación de resistencia posterior por ensayos. Normativa en vigor.
45. Encofrados. Cálculo de presiones de hormigonado. Dimensionado encofrados tradicionales. Encofrados modulares. Encofrado de pilares. Encofrados de forjados. Encofrados de muros. Encofrados deslizantes y trepantes.
46. Andamios. Tipos. Elementos. Cálculo.
47. Demoliciones de edificios. Apeos y apuntalamientos
48. Estructuras de acero en la edificación. Vigas y soportes. Cerchas. Uniones típicas según el CTE. Ejecución. Control. Mantenimiento. Cálculo de estructura metálica conforme a la normativa vigente.
49. Forjados. Tipos y materiales. Elementos compositivos. Ejecución y control.
50. Cubiertas inclinadas. Criterios de diseño: estanquidad al agua y al viento, captación y disipación de energía, confort, seguridad estructural y contra el fuego, durabilidad y mantenimiento. Materiales de cubrición.
51. Envolventes de fachada (I). Fachadas ligeras: paneles metálicos y no metálicos; juntas permeables e impermeables. Fachadas pesadas: paredes con cámara; paneles de hormigón; paneles de GRC; otros materiales; anclajes.
52. Envolventes de fachada (II): revestimientos exteriores: aplacados de piedra y cerámicos; enfoscados; revocos; otros materiales.
53. Carpinterías: Soluciones, criterios de diseño y cálculo. Criterios de selección de productos y sistemas de ejecución, conservación y mantenimiento.
54. Instalaciones de fontanería según el CTE. Agua fría y agua caliente sanitaria. Diseño. Dimensionado. Ejecución. Pruebas. Conservación y mantenimiento.
55. Instalaciones de evacuación de aguas según el CTE. Diseño. Dimensionado. Ejecución. Pruebas. Conservación y mantenimiento.
56. Sistemas de calefacción en edificios (Gas, eléctricos, bombas, gasóleo, etc.). Calculo y dimensionado de potencias. Ensayos y normativa de aplicación. Mantenimiento del sistema.
57. Climatización. Elementos necesarios. Aplicación a edificios singulares uso deportivo, educacional, publico, etc. Factores influyentes. Control de humedad. Ensayos de instalación. Dotaciones. Normativa en vigor.
58. Instalaciones eléctricas en edificación. Cumplimiento de reglamentos y normativas. Dimensionado de la instalación y cableado. Cálculo de dotaciones y protecciones.
59. Protección contra la humedad en edificación. Tipos de humedades en edificios. Medidas de prevención de humedades. Medidas de corrección de humedades. Impermeabilizaciones. Normativa.
60. La exigencia de eficiencia energética en el reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) y en sus instrucciones técnicas. La certificación energética de edificios. Acondicionamiento higrotérmico: tipos y sistemas. Generación de calor y de frío: energías tradicionales y renovables.
61. Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid. Residuos que contengan amianto: Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo.
62. Luminotecnia e instalaciones de alumbrado en edificios. Magnitudes y unidades de medida. Cálculos y dimensionados. Temperatura de color y sus aplicaciones. Tipos de lámparas, ventajas e inconvenientes. Ensayos de instalación. Normativa en vigor.
63. Redacción de proyectos de obras. Fases de trabajo. Documentos. Tramitación administrativa. Pliego de condiciones técnicas. Referencias a Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
64. Expedientes de licitación y contratación. Clasificación de contratistas. Los contratos de obras. Referencias a la TRLCSP y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
65. Expedientes de licitación y contratación. Los contratos de servicios y de gestión de servicios. Referencias a la TRLCSP y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
66. Expedientes de licitación y contratación. Los contratos de suministros. Referencias a la TRLCSP y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
67. El inicio de las obras de la administración. El acta de replanteo. El acta de comprobación de replanteo. Paralización y/o suspensión de las obras. Referencias a la TRLCSP y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
68. Las certificaciones de las obras públicas. Tipos. Períodos. Relación valorada. Medición de la obra. Referencias a la TRLCSP y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
69. La recepción de las obras públicas. Comunicados actas. Documentos. Referencias a la TRLCSP y a las disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
70. El Proyecto de rehabilitación. Criterios de intervención. Valoración de la integración, adecuación histórica y cultural. Técnicas de intervención.
71. Accesibilidad universal y supresión de barreras. Obligaciones de las Administraciones Públicas.
72. Prevención de riesgos laborales en la construcción. Referencia al Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre. Seguridad y salud en la edificación. El estudio y el plan de seguridad. Aplicación en el proyecto y en la ejecución. Estudio Básico y Estudio de Seguridad y Salud. Plan de Seguridad y Salud. Libro de Incidencias.”
a) No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o separada, inhabilitado o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
b) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de instancias, Título de arquitecto o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
Consistirá en un concurso-oposición.
La fase de oposición será previa a la de concurso, tendrá carácter eliminatorio y en la realización de los ejercicios escritos deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato del personal aspirantes, salvo que, el tribunal ejerza la facultad de solicitar del personal opositor la lectura del ejercicio al objeto de pedir las aclaraciones y concreciones a lo expuesto por escrito por el personal opositor.
Fase de oposición:
Prueba de conocimientos: se valorará hasta un máximo de 60 puntos.
Estará integrada por dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: consistirá en contestar a un máximo de 100 preguntas tipo test con respuestas alternativas que preparará el Tribunal el mismo día de celebración del ejercicio, para lo cual se debe reunir 2 horas antes del comienzo de la prueba. Las preguntas versarán sobre el contenido que figura en el temario de temas comunes y específicos. El tiempo máximo para este ejercicio lo determinará el tribunal. Cada pregunta tendrá tres respuestas posibles, siendo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo. Las respuestas erróneas no restarán y las preguntas no contestadas o con más de una opción de respuesta no tendrán valoración.
Calificación: la valoración máxima por este ejercicio será de 20 puntos, necesitando un mínimo de 10 puntos para aprobar y pasar al ejercicio siguiente.
Contra dicha calificación podrá presentarse alegaciones en un plazo de tres días hábiles.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de un supuesto práctico a elegir, entre dos que propondrá el Tribunal que versará sobre los contenidos del temario específico, las funciones concretas del puesto de trabajo y los conocimientos complementarios necesarios para el desarrollo de sus funciones. El tiempo máximo para desarrollar el ejercicio lo determinará el Tribunal.
Calificación: la valoración máxima por esta prueba será de 40 puntos haciendo falta un mínimo de 20 puntos para considerar superada la prueba.
Contra dicha calificación podrá presentarse alegaciones en un plazo de tres días hábiles.
Para el segundo ejercicio, el tribunal podrá decidir la realización de la lectura pública del ejercicio al objeto de pedir aclaraciones y concreciones a lo expuesto por escrito por los aspirantes. La valoración del ejercicio se hará en función de la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados, del contenido del texto, correcta expresión escrita y oral, en su caso, de la aportación personal del aspirante, así como de la claridad, capacidad de síntesis, exposición de ideas y orden.
La prueba de conocimientos tendrá carácter eliminatorio y será previa a la valoración de méritos.
Fase de concurso:
No tendrá carácter eliminatorio. La valoración de los méritos sólo se realizará respecto del personal aspirante que haya superado la fase de oposición.
Consistirá en la valoración por el Tribunal de los méritos que acrediten el personal aspirante, referidos al último día de presentación de instancias.
El personal aspirante que hubiera superado la fase de oposición dispondrá de un plazo de diez días hábiles para presentar los méritos por el mismo procedimiento telemático por el que se presentó la solicitud.
El Tribunal podrá requerir a los interesados y las interesadas cualquier tipo de aclaración sobre la documentación presentada. Si no fuera atendido el requerimiento, no se valorará el mérito correspondiente. Asimismo el Tribunal se reserva el derecho a comprobar con los órganos que expidan las certificaciones la veracidad del contenido de las mismas cuando a juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
El Tribunal solo podrá valorar o solicitar aclaración sobre los méritos alegados en plazo por los concursantes o las concursantes. Los méritos deberán estar redactados en castellano. Respecto a los méritos acreditados mediante documentos redactados en un idioma distinto al castellano, los concursantes o las concursantes deberán presentar junto con el original, traducción literal del contenido de dichos documentos, en caso contrario, no se procederá a su valoración.
La puntuación máxima a obtener en el concurso de méritos será de 40 puntos.
A) Experiencia profesional:
— Por haber prestado servicios en cualquier Administración Local en el mismo cuerpo o escala que es objeto de la convocatoria a razón de 1,5 puntos por cada 6 meses o fracción superior a 3 meses.
— Por haber prestado servicios en cualquier Administración Pública en el mismo cuerpo o escala que es objeto de la convocatoria a razón de 0,75 puntos por cada 6 meses o fracción superior a 3 meses.
Por tratarse de un proceso selectivo extraordinario de estabilización de empleo, la valoración de méritos en este apartado solo se computará si los servicios prestados por el aspirante a la plaza lo han sido en la condición de funcionario interino o funcionaria interina.
En su caso, para acreditar la experiencia laboral en el sector público, será necesario aportar original o fotocopia de certificados o documento que corresponda, según proceda, de los servicios prestados, con indicación de la Administración correspondiente, naturaleza del vínculo, especialidad y categoría profesional, denominación del puesto, grupo de titulación, fecha de inicio y finalización.
Si se trata de servicios prestados en el propio Ayuntamiento de Leganés, se expedirá de oficio por el Ayuntamiento informe de servicios prestados, no siendo necesario la petición del interesado o interesada.
No se computará como antigüedad (a efectos de meritar la experiencia) los períodos de suspensión de empleo y sueldo, suspensión por mutuo acuerdo de las partes, así como las excedencias voluntarias.
No serán tenidos en cuenta como mérito de experiencia los períodos trabajados en situación de: superior categoría, adscripciones provisionales y promociones internas temporales; en estos casos sólo se valorará el período de tiempo como prestado en la categoría de la plaza que tenga con carácter interino.
La puntuación máxima a obtener en el apartado Experiencia Profesional será de 30 puntos.
Forma de acreditación de la experiencia:
B) Formación:
La puntuación máxima a obtener por este apartado será de 10 puntos.
1. Cursos de formación y perfeccionamiento recibidos (hasta un máximo de 6 puntos). Sólo se valorarán los cursos relacionados directamente con el contenido técnico del puesto de trabajo, convocados, impartidos u homologados por Universidades, institutos u organismos públicos, colegios profesionales, organizaciones sindicales u agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas (IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas) y siempre que se hubiere expedido diploma o certificación de asistencia o aprovechamiento. No se computarán los cursos o jornadas en los que no constare su duración ni los de duración inferior a 10 horas. La puntuación será la siguiente:
— De 10 a 20 horas lectivas: 0,10 puntos.
— De 21 a 40 horas lectivas: 0,15 puntos.
— De 41 a 60 horas lectivas: 0,20 puntos.
— De 61 a 80 horas lectivas: 0,30 puntos.
— De 81 a 100 horas lectivas: 0,40 puntos.
— De 101 a 200 horas lectivas: 0,50 puntos.
— De 201 o más horas lectivas: 0,75 puntos.
2. Cursos de formación y perfeccionamiento impartidos (hasta un máximo de 1 punto).
Cuando la asistencia a los cursos especificados en los apartados anteriores se haya realizado en calidad de docente, se valorarán con el doble de lo especificado para cada supuesto.
3. Publicaciones: por ser autor de libros, artículos, publicaciones; ponencias o comunicaciones presentadas a congresos cuyo contenido esté relacionado con las funciones y formación del puesto de trabajo, se otorgarán por cada publicación los puntos establecidos a continuación, con un máximo de 1 punto.
— Por cada libro: 0,40 puntos.
— Por cada artículo publicado en revistas de difusión internacional: 0,30 puntos.
— Por cada artículo publicado en revistas de difusión nacional: 0,25 puntos.
— Por cada ponencia a congresos: 0,20 puntos.
— Por cada comunicación a congresos: 0,05 puntos.
4. Formación de postgrado (hasta un máximo de 2 puntos).
Por cada máster, curso de postgrado o curso superior, con una duración igual o superior a 300 horas realizado por una universidad u organismo público relacionado directamente, con el contenido del puesto de trabajo, se valorará 1 punto, con un máximo de 2 puntos.
Por tener el doctorado en materias relacionadas con el contenido técnico de la plaza objeto de la convocatoria, se valorará 2 puntos.
Forma de acreditación de la formación: en su caso, para acreditar como mérito la asistencia a cursos de formación o perfeccionamiento, relacionados con el contenido técnico de la plaza convocada y con las funciones a desarrollar, deberá aportarse copia del certificado o diploma de asistencia del curso con indicación del número de horas lectivas del curso y fechas o períodos de celebración o los créditos y su equivalencia en horas.
Si se trata de formación recibida en el propio Ayuntamiento de Leganés, se expedirá de oficio por el Ayuntamiento informe de cursos realizados no siendo necesario la petición del interesado.
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