Fecha convocatoria
26/02/2021
Grupo
A2
Plazas
1
TIPO DE PERSONAL
PLAZO INSCRIPCIÓN
MÁS INFORMACIÓN
Convocada 1 plaza de Arquitecto Técnico para el Ayuntamiento de Archena. Puedes consultar las bases de la convocatoria en el BORM de 4 y 11 de diciembre de 2020, respectivamente, y el 3 de febrero de 2021 del 10 de septiembre de 2020.
Disponibles test en este enlace.
El temario de la oposición es el siguiente:
Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios Generales y Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.
Tema 2. La Corona. El poder legislativo. El poder judicial.
Tema 3. El Gobierno y la Administración del Estado.
Tema 4. Organización Territorial del Estado Español. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia.
Tema 5. La Relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos: la Administración y el Administrado. Capacidad y representación. Derechos del administrado. Los actos jurídicos del administrado.
Tema 6. El Acto administrativo. Procedimiento Administrativo.
Tema 7. El dominio público. El patrimonio privado de la Administración.
Tema 8. El Régimen Local Español. El Municipio. El Término Municipal. La Población. El Empadronamiento.
Tema 9. Organización Municipal. Competencias Municipales.
Tema 10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de acuerdos.
Tema 11. La Función Pública Local. Organización. Derechos y Deberes de los funcionarios. Incompatibilidades.
Tema 12. Haciendas locales. Presupuesto Local. Control de gastos.”
B) Materias específicas.
Tema 1. Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Tema 2. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. Título Preliminar Objeto, finalidad y competencias.
Tema 3. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. Título I Capítulo I de las Competencias autonómicas y locales.
Tema 4. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. Título VI Régimen Urbanístico del Suelo.
Tema 5. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. Título VII Planeamiento urbanístico municipal.
Tema 6. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. Título VIII Gestión urbanística y patrimonios públicos de suelo.
Tema 7. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. Título IX Cumplimiento de las obligaciones de urbanizar, edificar, conservar y rehabilitar.
Tema 8. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
Tema 9. Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.
Tema 10. Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 2.159/1978, de 23 de junio.
Tema 11. Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 3.288/1978, de 25 de agosto.
Tema 12. Reglamento de Disciplina Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 2.187/1978, de 23 de junio.
Tema 13. Régimen urbanístico del suelo según el planeamiento urbanístico vigente en Archena. Clasificación. Calificación. Sistemas. Construcciones e instalaciones de carácter provisional. Incidencia de las NN.SS. sobre las edificaciones existentes.
Tema 14. Normas generales de uso en Archena. Regulación de usos. Tipos de usos. Clases de usos. Condiciones de los usos.
Tema 15. Condiciones generales de cada uso en Archena.
Tema 16. Régimen del suelo no urbanizable en Archena. Ámbito de aplicación y categorías. Régimen jurídico del suelo no urbanizable.
Tema 17. Regulación por categorías en Archena. Suelo no urbanizable protegido. Suelo no urbanizable especialmente protegido.
Tema 18. Régimen de suelo urbano en Archena. Ámbito de aplicación. Cesiones gratuitas en suelo urbano. Obligaciones de los propietarios.
Tema 19. Ordenanzas de edificación en Archena: SU-1, SU-2, SU-3, SU-4.
Tema 20. Ordenanzas de edificación en Archena: SU-5, SU-6, SU-7.
Tema 21. Ordenanzas de edificación en Archena: SU-8, SU-9, SU-10, SU-11.
Tema 22. Ordenanza para la edificación aislada para uso residencial en Archena. Definición. Condiciones de la parcela. Edificabilidad. Condiciones de posición de la edificación. Superficie de ocupación. Espacio libre de parcela. Ocupación bajo rasante. Condiciones de volumen. Condiciones estéticas.
Tema 23. Regulación pormenorizada de los Planes Parciales según las NN.SS. de Archena. Planes parciales propuestos. Ordenación de los planes.
Tema 24. Ley 8/2005, de 14 de diciembre, para la calidad en la Edificación de la Región de Murcia.
Tema 25. Orden del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de 4 de octubre de 2010, por la que se regula el modelo libro del edificio para inmuebles de viviendas de nueva construcción.
Tema 26. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
Tema 27. Código Técnico de la Edificación Disposiciones Generales Condiciones Técnicas y Administrativas - Exigencias Básicas Contenido del Proyecto Documentación del Seguimiento de Obra.
Tema 28. Código Técnico de la Edificación. Ahorro de Energía.
Tema 29. Código Técnico de la Edificación. Seguridad en Caso de Incendio.
Tema 30. Código Técnico de la Edificación. Seguridad de Utilización y Accesibilidad.
Tema 31. Código Técnico de la Edificación. Salubridad.
Tema 32. Código Técnico de la Edificación. Protección frente al ruido.
Tema 33. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
Tema 34. Ley 6/2.006, de 21 de julio sobre incremento de medidas de ahorro y conservación en el consumo de agua de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Tema 35. Orden de 15 de octubre de 1.991, Supresión de barreras arquitectónicas en espacios públicos y edificación.
Tema 36. Decreto 39/1987, de 4 de junio, de supresión de barreras arquitectónicas. Consejería de Política Territorial de la Comunidad Autónoma de Murcia.
Tema 37. Ley 5/1995 de 7 de abril, sobre condiciones de habitabilidad en edificios de viviendas y de promoción de la accesibilidad general.
Tema 38. Real Decreto 505/2007 de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.
Tema 39. Ley 2/2017, de 13 de febrero, de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberalización y de la supresión de cargas burocráticas.
Tema 40. Ley 4/2009 de Protección ambiental Integrada a adaptada al Decreto 2/2016 de 20 de abril de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberación y la supresión de cargas burocráticas.
Tema 41. Real Decreto 1627/1997 por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de Construcción.
Tema 42. Títulos habilitantes de naturaleza urbanística.
Tema 43. La declaración de ruina. Clases. Requisitos para su declaración.
Tema 44. Ordenes de ejecución. Supuestos en que procede. Deberes de uso, conservación y rehabilitación. Régimen de fuera de ordenación. Usos y obras provisionales.
Tema 45. Las infracciones urbanísticas. Clases. Sujetos Responsables. Procedimiento sancionador.
Tema 46. El restablecimiento de la legalidad urbanística.
Tema 47. Valoraciones de obras e instalaciones. Sanciones. Graduación. Competencias. Caducidad. Prescripción. Inspección urbanística.
Tema 48. Eficiencia Energética.”
Estar en posesión del título de Aparejador, Arquitecto Técnico o Grado en Ingeniería de Edificación.
Constará de una fase de concurso y otra de oposición. La calificación final, estará determinada, por la suma de las puntuaciones obtenidas, en la Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.
A) FASE DE CONCURSO
En la fase de concurso, que será previa a la de oposición, solo se valorarán los méritos aportados y debidamente acreditados por los aspirantes. No tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas, de la fase de oposición. La puntuación máxima de esta fase, será de 10 puntos y se ajustará al siguiente baremo.
a) Experiencia laboral: máximo 7,30 puntos
a.1. Experiencia laboral en la Administración: máximo 4,30 puntos.
a.1.1. Por cada mes completo de servicios prestados, en la Administración Local, en puestos de igual o similar categoría y cualificación, grupo A, subgrupo A2, a la plaza a que se opta, cualquiera que sea la naturaleza de la relación jurídica que unía al aspirante con la administración: 0,025 puntos por cada mes natural completo de servicio activo.
a.1.2. Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas en puestos de igual o similar categoría y cualificación, grupo A, subgrupo A2, a la plaza que se opta, cualquiera que sea la naturaleza de la relación jurídica que unía al aspirante con la administración: 0,017 puntos por cada mes natural completo de servicio activo.
Estos méritos se acreditarán mediante certificaciones oficiales, expedidas por el órgano competente, de la administración correspondiente.
a.2. Experiencia laboral acreditada como arquitecto técnico en la empresa privada o régimen de autónomo: máximo 0,80 puntos.
Por experiencia acreditada como arquitecto técnico, en el ámbito de la empresa privada o régimen autónomo: 0,01 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 0,80 puntos.
La acreditación de estos méritos será, según detalle:
- En el caso de empresa privada por cuenta ajena, con la presentación, necesariamente, de estos dos documentos:
Certificado de vida laboral, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, a efectos de conocer los periodos trabajados y contrato de trabajo o certificado fin de contrato, de cada uno de los periodos recogidos en el certificado de vida laboral, a efectos de conocer la categoría profesional. La falta de uno de los dos documentos, supondrá la no valoración de los méritos alegados.
- En el caso de servicios prestados en régimen autónomo, deberá justificarse mediante la presentación, necesariamente, de los siguientes documentos acreditativos:
Certificado de vida laboral, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, a efectos de conocer los periodos trabajados y certificado de alta en el IAE, en el que se especifique el epígrafe de la actividad, de cada uno de los periodos recogidos en el certificado de vida laboral. La falta de uno de los dos documentos, supondrá la no valoración de los méritos alegados.
También podrá acreditarse mediante certificado, de aquellas mutualidades de previsión social, que se encuentran reconocidas como alternativas a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.1 de la Ley 20/2015 de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y según el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, disposición adicional decimonovena, sobre el ámbito de protección de las mutualidades de previsión social alternativas al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
En todos los casos, no se computarán aquellos servicios que hayan sido prestados, simultáneamente con otros igualmente alegados y se despreciarán los periodos inferiores al mes, reduciéndose proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
a.3. Experiencia laboral acreditada como arquitecto técnico designado como director de obra, director de ejecución y coordinador de seguridad y salud en obra: máximo 2,20 puntos.
a.3.1 Obras promovidas por la Administración, debidamente acreditado, a razón 0,15 puntos por dirección de obra, dirección de ejecución y coordinador de seguridad y salud, hasta un máximo de 1,20 puntos.
a.3.2. Obras en la empresa privada o en régimen de autónomo, con un P.E.M. superior a 300.000 €, debidamente acreditado, a razón 0,07 puntos por dirección de obra, dirección de ejecución y coordinador de seguridad y salud, hasta un máximo de 1,00 puntos.
b) Cursos de formación y perfeccionamiento: máximo 2,60 puntos.
b.1.- Se valorará hasta un máximo de 1,60 puntos, la participación como asistente a cursos, seminarios, congresos y jornadas, relacionados con la plaza a la que opta y/o con las materias relacionadas en el temario, impartidos por la federación de municipios y comunidad autónoma de la región de Murcia, dentro de planes de formación continua o cursos homologados por el Ayuntamiento, según las reglas siguientes:
- De duración entre 10 y 29 horas lectivas: 0,10 puntos por cada curso.
- De duración entre 30 a 49 horas lectivas: 0,20 puntos por cada curso.
- De duración entre 50 o más horas lectivas: 0,30 puntos por cada curso.
b.2.- Se valorará hasta un máximo de 1,00 puntos, la participación como asistente a cursos, seminarios, congresos y jornadas relacionados con la plaza a la que opta y/o con las materias relacionadas en el temario, impartidos por Colegios Profesionales, según las reglas siguientes:
- De duración entre 10 y 29 horas lectivas: 0,10 puntos por cada curso.
- De duración entre 30 a 49 horas lectivas: 0,20 puntos por cada curso.
- De duración entre 50 o más horas lectivas: 0,30 puntos por cada curso.
Los cursos con una duración inferior a 10 horas no serán tenidos en cuenta.
c) Por superación de ejercicios de oposición: máximo de 0,10 puntos:
- Por haber superado, al menos, un ejercicio en oposiciones convocadas en el mismo Cuerpo, Escala y Opción objeto de esta convocatoria por las Administraciones Públicas: 0,10 puntos.
B) FASE DE OPOSICION
Consistirá en la realización de tres ejercicios, siendo necesario, superar cada uno de ellos para pasar al siguiente. La calificación final de esta fase, una vez superados los tres ejercicios que la componen, será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas.
a) Primer ejercicio: obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la realización de un cuestionario tipo test de 60 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una será correcta, relacionadas con las Materias Comunes, apartado A) del anexo I, que contiene el te?mario de la convocatoria:
Los criterios de corrección y calificación de este ejercicio serán los siguientes:
Las respuestas correctas tendrán una puntuación de 0,1667 puntos.
Las respuestas erróneas penalizarán con 0,0417 puntos.
Las preguntas sin contestar no penalizarán.
Las preguntas contestadas en más de una de las alternativas, se considerarán no contestadas.
En esta parte, la puntuación máxima será de 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para aprobar.
b) Segundo ejercicio: obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la realización de un cuestionario tipo test de 60 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una será correcta, relacionadas con las Materias Específicas, apartado B) del anexo I, que contiene el temario de la convocatoria:
Los criterios de corrección y calificación de este ejercicio serán los siguientes:
Las respuestas correctas tendrán una puntuación de 0,1667 puntos.
Las respuestas erróneas penalizarán con 0,0417 puntos.
Las preguntas sin contestar no penalizarán.
Las preguntas contestadas en más de una de las alternativas, se considerarán no contestadas.
En esta parte, la puntuación máxima será de 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para aprobar.
c) Tercer ejercicio: obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, a elegir entre los tres supuestos propuestos por el Tribunal, relacionado con las funciones propias de la plaza convocada y con el temario de materias específicas de la convocatoria, en un tiempo máximo de 90 minutos. En esta parte se valorará el análisis, planteamiento y resolución práctica de los supuestos planteados al aspirante. El tribunal podrá solicitar la lectura y exposición del ejercicio.
Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 5 puntos.
De las puntuaciones que otorguen los miembros del Tribunal de selección se eliminarán aquellas puntuaciones que difieran entre sí de 3 o más puntos, de tal manera, que la nota será la media de las restantes puntuaciones concedidas por el resto de miembros del tribunal.
Análisis de Proyectos de Construcción
Análisis y Representación de Planos
Contratación y Extinción del Contrato
CURSO Arquitecto Téc 2021-22 Primera parte
CURSO Arquitecto Téc 2021-22 Segunda parte
CURSO Arquitecto Técnico Gen Valenciana 2022
CURSO Oposiciones Temas Generales 2024 subg A1 y A2
Evaluación Impacto Ambiental: Bases, Legislación y Metodología
Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público
Mantenimiento y Mejora en los Edificios
Necesidades Energéticas e Instalaciones Solares
Prevención de Riesgos Laborales
Análisis de Proyectos de Construcción
Análisis y Representación de Planos
Contratación y Extinción del Contrato
CURSO Arquitecto Téc 2021-22 Primera parte
CURSO Arquitecto Téc 2021-22 Segunda parte
CURSO Arquitecto Técnico Gen Valenciana 2022
CURSO Oposiciones Temas Generales 2024 subg A1 y A2
Evaluación Impacto Ambiental: Bases, Legislación y Metodología
Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público
Mantenimiento y Mejora en los Edificios
Necesidades Energéticas e Instalaciones Solares
Prevención de Riesgos Laborales
Convocada 1 plaza de Arquitecto Técnico para el Ayuntamiento de Archena. Puedes consultar las bases de la convocatoria en el BORM de 4 y 11 de diciembre de 2020, respectivamente, y el 3 de febrero de 2021 del 10 de septiembre de 2020.
Disponibles test en este enlace.
El temario de la oposición es el siguiente:
Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios Generales y Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.
Tema 2. La Corona. El poder legislativo. El poder judicial.
Tema 3. El Gobierno y la Administración del Estado.
Tema 4. Organización Territorial del Estado Español. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia.
Tema 5. La Relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos: la Administración y el Administrado. Capacidad y representación. Derechos del administrado. Los actos jurídicos del administrado.
Tema 6. El Acto administrativo. Procedimiento Administrativo.
Tema 7. El dominio público. El patrimonio privado de la Administración.
Tema 8. El Régimen Local Español. El Municipio. El Término Municipal. La Población. El Empadronamiento.
Tema 9. Organización Municipal. Competencias Municipales.
Tema 10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de acuerdos.
Tema 11. La Función Pública Local. Organización. Derechos y Deberes de los funcionarios. Incompatibilidades.
Tema 12. Haciendas locales. Presupuesto Local. Control de gastos.”
B) Materias específicas.
Tema 1. Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Tema 2. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. Título Preliminar Objeto, finalidad y competencias.
Tema 3. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. Título I Capítulo I de las Competencias autonómicas y locales.
Tema 4. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. Título VI Régimen Urbanístico del Suelo.
Tema 5. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. Título VII Planeamiento urbanístico municipal.
Tema 6. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. Título VIII Gestión urbanística y patrimonios públicos de suelo.
Tema 7. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. Título IX Cumplimiento de las obligaciones de urbanizar, edificar, conservar y rehabilitar.
Tema 8. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
Tema 9. Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.
Tema 10. Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 2.159/1978, de 23 de junio.
Tema 11. Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 3.288/1978, de 25 de agosto.
Tema 12. Reglamento de Disciplina Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 2.187/1978, de 23 de junio.
Tema 13. Régimen urbanístico del suelo según el planeamiento urbanístico vigente en Archena. Clasificación. Calificación. Sistemas. Construcciones e instalaciones de carácter provisional. Incidencia de las NN.SS. sobre las edificaciones existentes.
Tema 14. Normas generales de uso en Archena. Regulación de usos. Tipos de usos. Clases de usos. Condiciones de los usos.
Tema 15. Condiciones generales de cada uso en Archena.
Tema 16. Régimen del suelo no urbanizable en Archena. Ámbito de aplicación y categorías. Régimen jurídico del suelo no urbanizable.
Tema 17. Regulación por categorías en Archena. Suelo no urbanizable protegido. Suelo no urbanizable especialmente protegido.
Tema 18. Régimen de suelo urbano en Archena. Ámbito de aplicación. Cesiones gratuitas en suelo urbano. Obligaciones de los propietarios.
Tema 19. Ordenanzas de edificación en Archena: SU-1, SU-2, SU-3, SU-4.
Tema 20. Ordenanzas de edificación en Archena: SU-5, SU-6, SU-7.
Tema 21. Ordenanzas de edificación en Archena: SU-8, SU-9, SU-10, SU-11.
Tema 22. Ordenanza para la edificación aislada para uso residencial en Archena. Definición. Condiciones de la parcela. Edificabilidad. Condiciones de posición de la edificación. Superficie de ocupación. Espacio libre de parcela. Ocupación bajo rasante. Condiciones de volumen. Condiciones estéticas.
Tema 23. Regulación pormenorizada de los Planes Parciales según las NN.SS. de Archena. Planes parciales propuestos. Ordenación de los planes.
Tema 24. Ley 8/2005, de 14 de diciembre, para la calidad en la Edificación de la Región de Murcia.
Tema 25. Orden del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de 4 de octubre de 2010, por la que se regula el modelo libro del edificio para inmuebles de viviendas de nueva construcción.
Tema 26. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
Tema 27. Código Técnico de la Edificación Disposiciones Generales Condiciones Técnicas y Administrativas - Exigencias Básicas Contenido del Proyecto Documentación del Seguimiento de Obra.
Tema 28. Código Técnico de la Edificación. Ahorro de Energía.
Tema 29. Código Técnico de la Edificación. Seguridad en Caso de Incendio.
Tema 30. Código Técnico de la Edificación. Seguridad de Utilización y Accesibilidad.
Tema 31. Código Técnico de la Edificación. Salubridad.
Tema 32. Código Técnico de la Edificación. Protección frente al ruido.
Tema 33. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
Tema 34. Ley 6/2.006, de 21 de julio sobre incremento de medidas de ahorro y conservación en el consumo de agua de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Tema 35. Orden de 15 de octubre de 1.991, Supresión de barreras arquitectónicas en espacios públicos y edificación.
Tema 36. Decreto 39/1987, de 4 de junio, de supresión de barreras arquitectónicas. Consejería de Política Territorial de la Comunidad Autónoma de Murcia.
Tema 37. Ley 5/1995 de 7 de abril, sobre condiciones de habitabilidad en edificios de viviendas y de promoción de la accesibilidad general.
Tema 38. Real Decreto 505/2007 de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.
Tema 39. Ley 2/2017, de 13 de febrero, de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberalización y de la supresión de cargas burocráticas.
Tema 40. Ley 4/2009 de Protección ambiental Integrada a adaptada al Decreto 2/2016 de 20 de abril de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberación y la supresión de cargas burocráticas.
Tema 41. Real Decreto 1627/1997 por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de Construcción.
Tema 42. Títulos habilitantes de naturaleza urbanística.
Tema 43. La declaración de ruina. Clases. Requisitos para su declaración.
Tema 44. Ordenes de ejecución. Supuestos en que procede. Deberes de uso, conservación y rehabilitación. Régimen de fuera de ordenación. Usos y obras provisionales.
Tema 45. Las infracciones urbanísticas. Clases. Sujetos Responsables. Procedimiento sancionador.
Tema 46. El restablecimiento de la legalidad urbanística.
Tema 47. Valoraciones de obras e instalaciones. Sanciones. Graduación. Competencias. Caducidad. Prescripción. Inspección urbanística.
Tema 48. Eficiencia Energética.”
Estar en posesión del título de Aparejador, Arquitecto Técnico o Grado en Ingeniería de Edificación.
Constará de una fase de concurso y otra de oposición. La calificación final, estará determinada, por la suma de las puntuaciones obtenidas, en la Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.
A) FASE DE CONCURSO
En la fase de concurso, que será previa a la de oposición, solo se valorarán los méritos aportados y debidamente acreditados por los aspirantes. No tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas, de la fase de oposición. La puntuación máxima de esta fase, será de 10 puntos y se ajustará al siguiente baremo.
a) Experiencia laboral: máximo 7,30 puntos
a.1. Experiencia laboral en la Administración: máximo 4,30 puntos.
a.1.1. Por cada mes completo de servicios prestados, en la Administración Local, en puestos de igual o similar categoría y cualificación, grupo A, subgrupo A2, a la plaza a que se opta, cualquiera que sea la naturaleza de la relación jurídica que unía al aspirante con la administración: 0,025 puntos por cada mes natural completo de servicio activo.
a.1.2. Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas en puestos de igual o similar categoría y cualificación, grupo A, subgrupo A2, a la plaza que se opta, cualquiera que sea la naturaleza de la relación jurídica que unía al aspirante con la administración: 0,017 puntos por cada mes natural completo de servicio activo.
Estos méritos se acreditarán mediante certificaciones oficiales, expedidas por el órgano competente, de la administración correspondiente.
a.2. Experiencia laboral acreditada como arquitecto técnico en la empresa privada o régimen de autónomo: máximo 0,80 puntos.
Por experiencia acreditada como arquitecto técnico, en el ámbito de la empresa privada o régimen autónomo: 0,01 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 0,80 puntos.
La acreditación de estos méritos será, según detalle:
- En el caso de empresa privada por cuenta ajena, con la presentación, necesariamente, de estos dos documentos:
Certificado de vida laboral, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, a efectos de conocer los periodos trabajados y contrato de trabajo o certificado fin de contrato, de cada uno de los periodos recogidos en el certificado de vida laboral, a efectos de conocer la categoría profesional. La falta de uno de los dos documentos, supondrá la no valoración de los méritos alegados.
- En el caso de servicios prestados en régimen autónomo, deberá justificarse mediante la presentación, necesariamente, de los siguientes documentos acreditativos:
Certificado de vida laboral, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, a efectos de conocer los periodos trabajados y certificado de alta en el IAE, en el que se especifique el epígrafe de la actividad, de cada uno de los periodos recogidos en el certificado de vida laboral. La falta de uno de los dos documentos, supondrá la no valoración de los méritos alegados.
También podrá acreditarse mediante certificado, de aquellas mutualidades de previsión social, que se encuentran reconocidas como alternativas a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.1 de la Ley 20/2015 de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y según el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, disposición adicional decimonovena, sobre el ámbito de protección de las mutualidades de previsión social alternativas al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
En todos los casos, no se computarán aquellos servicios que hayan sido prestados, simultáneamente con otros igualmente alegados y se despreciarán los periodos inferiores al mes, reduciéndose proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
a.3. Experiencia laboral acreditada como arquitecto técnico designado como director de obra, director de ejecución y coordinador de seguridad y salud en obra: máximo 2,20 puntos.
a.3.1 Obras promovidas por la Administración, debidamente acreditado, a razón 0,15 puntos por dirección de obra, dirección de ejecución y coordinador de seguridad y salud, hasta un máximo de 1,20 puntos.
a.3.2. Obras en la empresa privada o en régimen de autónomo, con un P.E.M. superior a 300.000 €, debidamente acreditado, a razón 0,07 puntos por dirección de obra, dirección de ejecución y coordinador de seguridad y salud, hasta un máximo de 1,00 puntos.
b) Cursos de formación y perfeccionamiento: máximo 2,60 puntos.
b.1.- Se valorará hasta un máximo de 1,60 puntos, la participación como asistente a cursos, seminarios, congresos y jornadas, relacionados con la plaza a la que opta y/o con las materias relacionadas en el temario, impartidos por la federación de municipios y comunidad autónoma de la región de Murcia, dentro de planes de formación continua o cursos homologados por el Ayuntamiento, según las reglas siguientes:
- De duración entre 10 y 29 horas lectivas: 0,10 puntos por cada curso.
- De duración entre 30 a 49 horas lectivas: 0,20 puntos por cada curso.
- De duración entre 50 o más horas lectivas: 0,30 puntos por cada curso.
b.2.- Se valorará hasta un máximo de 1,00 puntos, la participación como asistente a cursos, seminarios, congresos y jornadas relacionados con la plaza a la que opta y/o con las materias relacionadas en el temario, impartidos por Colegios Profesionales, según las reglas siguientes:
- De duración entre 10 y 29 horas lectivas: 0,10 puntos por cada curso.
- De duración entre 30 a 49 horas lectivas: 0,20 puntos por cada curso.
- De duración entre 50 o más horas lectivas: 0,30 puntos por cada curso.
Los cursos con una duración inferior a 10 horas no serán tenidos en cuenta.
c) Por superación de ejercicios de oposición: máximo de 0,10 puntos:
- Por haber superado, al menos, un ejercicio en oposiciones convocadas en el mismo Cuerpo, Escala y Opción objeto de esta convocatoria por las Administraciones Públicas: 0,10 puntos.
B) FASE DE OPOSICION
Consistirá en la realización de tres ejercicios, siendo necesario, superar cada uno de ellos para pasar al siguiente. La calificación final de esta fase, una vez superados los tres ejercicios que la componen, será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas.
a) Primer ejercicio: obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la realización de un cuestionario tipo test de 60 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una será correcta, relacionadas con las Materias Comunes, apartado A) del anexo I, que contiene el te?mario de la convocatoria:
Los criterios de corrección y calificación de este ejercicio serán los siguientes:
Las respuestas correctas tendrán una puntuación de 0,1667 puntos.
Las respuestas erróneas penalizarán con 0,0417 puntos.
Las preguntas sin contestar no penalizarán.
Las preguntas contestadas en más de una de las alternativas, se considerarán no contestadas.
En esta parte, la puntuación máxima será de 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para aprobar.
b) Segundo ejercicio: obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la realización de un cuestionario tipo test de 60 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una será correcta, relacionadas con las Materias Específicas, apartado B) del anexo I, que contiene el temario de la convocatoria:
Los criterios de corrección y calificación de este ejercicio serán los siguientes:
Las respuestas correctas tendrán una puntuación de 0,1667 puntos.
Las respuestas erróneas penalizarán con 0,0417 puntos.
Las preguntas sin contestar no penalizarán.
Las preguntas contestadas en más de una de las alternativas, se considerarán no contestadas.
En esta parte, la puntuación máxima será de 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para aprobar.
c) Tercer ejercicio: obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, a elegir entre los tres supuestos propuestos por el Tribunal, relacionado con las funciones propias de la plaza convocada y con el temario de materias específicas de la convocatoria, en un tiempo máximo de 90 minutos. En esta parte se valorará el análisis, planteamiento y resolución práctica de los supuestos planteados al aspirante. El tribunal podrá solicitar la lectura y exposición del ejercicio.
Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 5 puntos.
De las puntuaciones que otorguen los miembros del Tribunal de selección se eliminarán aquellas puntuaciones que difieran entre sí de 3 o más puntos, de tal manera, que la nota será la media de las restantes puntuaciones concedidas por el resto de miembros del tribunal.
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