Fecha convocatoria
28/06/2019
Grupo
A1
Plazas
1
TIPO DE PERSONAL
PLAZO INSCRIPCIÓN
MÁS INFORMACIÓN
Convocada 1 plaza mediante concurso-oposición libre de Coordinador para Agorrosin y Servicio de Deportes para el Ayuntamiento de Bergara (Guipúzkoa). Las bases y el temario se han publicado íntegramente en el Boletín Oficial de Guipúzcoa del 10 de junio de 2019.
Disponibles test online en este enlace.
TEMARIO GENERAL (último temario publicado por el Ayuntamiento de Bergara, 2019)
1. La Constitución Española de 1978. Título I. Capítulos II y IV.
2. La Constitución Española de 1978. Título VIII. Capítulo II.
3. Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título II, capítulo I. Normas generales de actuación.
4. Responsabilidad de las administraciones públicas. Responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Capítulo IV.
5. Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título I, capítulos I y II.
6. Organización municipal. Órganos municipales. Competencias municipales.
7. Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi: Título V.
8. Fases del procedimiento administrativo: inicio, ordenación, instrucción y finalización.
9. Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título IV, capítulos I y III.
10. Revisión de los actos administrativos. Revisión de oficio.
11. Los recursos administrativos: Principios generales. El recurso de alzada. El recurso potestativo de reposición. El recurso extraordinario de revisión.
12. El municipio: Concepto y elementos. El término municipal. La población: Especial referencia a temas de empadronamiento.
13. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación.
14. El personal al servicio de las Entidades Locales. Funcionarios, personal eventual y personal laboral.
15. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público.
16. Los contratos administrativos en la esfera local. La selección del contratista. Garantías y responsabilidad en la contratación.
17. Aspectos específicos del procedimiento administrativo local. El Registro de entrada y salida de documentos: Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
18. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Título Preliminar, capítulo II.
19. Ordenanzas fiscales: Concepto y procedimiento para su aprobación.
20. Clasificación y concepto de los ingresos de las Haciendas Locales: Impuestos, tasas, contribuciones especiales y precios públicos.
21. Tasas y precios públicos vigentes en el Ayuntamiento de Bergara para el Servicio de Deportes, aplicación de las ordenanzas fiscales en lo que se refiere a los servicios deportivos.
22. Los Presupuestos de las Entidades Locales de Gipuzkoa: principios. Proceso de aprobación del presupuesto local.
23. El derecho constitucional a la intimidad. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Títulos II y III.
24. Ley 4/2005 del Parlamento Vasco, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres: Principios generales que deben regir y orientar la actuación de los poderes públicos vascos en materia de igualdad de mujeres y hombres.
TEMARIO ESPECÍFICO (último temario publicado por el el Ayuntamiento de Bergara, 2019)
1. Reglamento del Servicio Municipal de Deportes.
2. Oferta deportiva, instalaciones deportivas y equipamientos del Servicio de Deportes.
3. Ordenación del deporte en Bergara; agentes públicos y privados.
4. Plan Estratégico 2018-2021 en el ámbito deportivo del Ayuntamiento de Bergara.
5. Conocimiento básico de los Planes de Autoprotección de Agorrosin, Labegaraieta y Frontón Municipal.
6. Servicios deportivos de la Mancomunidad de Debagoiena (Alto Deba).
7. Líneas de trabajo de la Dirección de Deportes de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
8. Ley 14/1998, del Deporte del País Vasco (Boletín Oficial del País Vasco de 25 de junio de 1998).
9. Decreto 125/2008, de 1 de julio, sobre Deporte Escolar.
10. Normativa de piscinas de uso colectivo de la CAV. Decreto 32/2003, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de piscinas de uso colectivo (Boletín Oficial del País Vasco de 8 de mayo de 2003). Decreto 208/2004, de 2 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento Sanitario de piscinas de uso colectivo (Boletín Oficial del País Vasco, n.º 6058, de 25 de noviembre de 2004).
11. Programa Mugiment y SOD (Servicio de orientación deportiva).
12. Sistema deportivo de Bergara.
Estar en posesión de titulación superior (licenciatura o grado) relacionada con la actividad física o el deporte, o tener abonados los derechos para su obtención.
La fase de oposición constará de los ejercicios que a continuación se indican:
— Primer ejercicio: Obligatorios y eliminatorios para todas las personas aspirantes.
Constará de dos apartados, uno de carácter teórico y otro de carácter práctico.
a) Apartado teórico: Consistirá en contestar, en el tiempo que el Tribunal Calificador establezca al efecto, a preguntas relacionadas con el contenido del temario que figura en el anexo I de estas Bases.
Queda a criterio del Tribunal Calificador la fijación del procedimiento a seguir en el desarrollo de esta prueba (cuestionario tipo test, desarrollo de uno o varios temas, etc.) y, en su caso, la penalización de las respuestas mal contestadas.
Con vistas a poner en valor la capacidad de trabajo en euskara, algunas de las preguntas podrán ir redactadas o planteadas únicamente en euskara, y en dicho caso no será facilitada la versión en castellano de las mismas.
Este primer apartado del primer ejercicio se calificará sobre un máximo de veinticinco (25) puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 12,5 puntos para seguir adelante en el proceso.
b) Apartado práctico: Se deberán resolver los ejercicios o casos prácticos determinados por el Tribunal Calificador en relación con las funciones propias del puesto y/o el contenido del temario del anexo de las presentes bases, pudiendo el tribunal exigirles, si así lo acordara, realizar una exposición oral.
En este ejercicio, se podrá incluir también una prueba para medir el conocimiento de excel.
En este apartado se obtendrá un máximo de cuarenta (40) puntos. Si bien para seguir adelante en el proceso se deberán obtener un mínimo de 20 puntos, el tribunal determinara la distribución de dichos puntos en cada prueba así como si además en alguna de las pruebas hay que obtener un mínimo de puntuación para superar la prueba.
De todos modos, las indicaciones o decisiones sobre puntuación se les comunicarán a las personas aspirantes antes de realizar la prueba.
— Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio: prueba de adecuación al perfil del puesto. Obligatorio y eliminatorio para todas las personas aspirantes.
Consistirá en la realización de una serie de pruebas psicotécnicas de aptitudes y de personalidad, así como de una entrevista personal, encaminadas a valorar la adecuación de las personas aspirantes al perfil profesional del puesto y a las funciones a desempeñar.
Este segundo ejercicio se calificará sobre un máximo de treinta (30) puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superar el mismo.
— Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de pruebas para acreditar el conocimiento de euskera. Obligatorio y eliminatorio para todas las personas aspirantes. «Se calificará como «Apto/a» o «No Apto/a».
Consistirá en realizar pruebas de acreditación del perfil lingüístico 4.
Quedarán exentas de realizar el examen de euskera las personas que, antes del inicio de las pruebas de conocimiento de euskera, aporten ante el Tribunal documento acreditativo de estar en posesión del perfil lingüístico 4.
La convalidación de las titulaciones de euskera se recoge en el Decreto 297/2010 de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera y adecuación de los mismos al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, así como en el Decreto 47/2012 de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
Convocada 1 plaza mediante concurso-oposición libre de Coordinador para Agorrosin y Servicio de Deportes para el Ayuntamiento de Bergara (Guipúzkoa). Las bases y el temario se han publicado íntegramente en el Boletín Oficial de Guipúzcoa del 10 de junio de 2019.
Disponibles test online en este enlace.
TEMARIO GENERAL (último temario publicado por el Ayuntamiento de Bergara, 2019)
1. La Constitución Española de 1978. Título I. Capítulos II y IV.
2. La Constitución Española de 1978. Título VIII. Capítulo II.
3. Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título II, capítulo I. Normas generales de actuación.
4. Responsabilidad de las administraciones públicas. Responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Capítulo IV.
5. Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título I, capítulos I y II.
6. Organización municipal. Órganos municipales. Competencias municipales.
7. Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi: Título V.
8. Fases del procedimiento administrativo: inicio, ordenación, instrucción y finalización.
9. Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título IV, capítulos I y III.
10. Revisión de los actos administrativos. Revisión de oficio.
11. Los recursos administrativos: Principios generales. El recurso de alzada. El recurso potestativo de reposición. El recurso extraordinario de revisión.
12. El municipio: Concepto y elementos. El término municipal. La población: Especial referencia a temas de empadronamiento.
13. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación.
14. El personal al servicio de las Entidades Locales. Funcionarios, personal eventual y personal laboral.
15. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público.
16. Los contratos administrativos en la esfera local. La selección del contratista. Garantías y responsabilidad en la contratación.
17. Aspectos específicos del procedimiento administrativo local. El Registro de entrada y salida de documentos: Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
18. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Título Preliminar, capítulo II.
19. Ordenanzas fiscales: Concepto y procedimiento para su aprobación.
20. Clasificación y concepto de los ingresos de las Haciendas Locales: Impuestos, tasas, contribuciones especiales y precios públicos.
21. Tasas y precios públicos vigentes en el Ayuntamiento de Bergara para el Servicio de Deportes, aplicación de las ordenanzas fiscales en lo que se refiere a los servicios deportivos.
22. Los Presupuestos de las Entidades Locales de Gipuzkoa: principios. Proceso de aprobación del presupuesto local.
23. El derecho constitucional a la intimidad. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Títulos II y III.
24. Ley 4/2005 del Parlamento Vasco, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres: Principios generales que deben regir y orientar la actuación de los poderes públicos vascos en materia de igualdad de mujeres y hombres.
TEMARIO ESPECÍFICO (último temario publicado por el el Ayuntamiento de Bergara, 2019)
1. Reglamento del Servicio Municipal de Deportes.
2. Oferta deportiva, instalaciones deportivas y equipamientos del Servicio de Deportes.
3. Ordenación del deporte en Bergara; agentes públicos y privados.
4. Plan Estratégico 2018-2021 en el ámbito deportivo del Ayuntamiento de Bergara.
5. Conocimiento básico de los Planes de Autoprotección de Agorrosin, Labegaraieta y Frontón Municipal.
6. Servicios deportivos de la Mancomunidad de Debagoiena (Alto Deba).
7. Líneas de trabajo de la Dirección de Deportes de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
8. Ley 14/1998, del Deporte del País Vasco (Boletín Oficial del País Vasco de 25 de junio de 1998).
9. Decreto 125/2008, de 1 de julio, sobre Deporte Escolar.
10. Normativa de piscinas de uso colectivo de la CAV. Decreto 32/2003, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de piscinas de uso colectivo (Boletín Oficial del País Vasco de 8 de mayo de 2003). Decreto 208/2004, de 2 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento Sanitario de piscinas de uso colectivo (Boletín Oficial del País Vasco, n.º 6058, de 25 de noviembre de 2004).
11. Programa Mugiment y SOD (Servicio de orientación deportiva).
12. Sistema deportivo de Bergara.
Estar en posesión de titulación superior (licenciatura o grado) relacionada con la actividad física o el deporte, o tener abonados los derechos para su obtención.
La fase de oposición constará de los ejercicios que a continuación se indican:
— Primer ejercicio: Obligatorios y eliminatorios para todas las personas aspirantes.
Constará de dos apartados, uno de carácter teórico y otro de carácter práctico.
a) Apartado teórico: Consistirá en contestar, en el tiempo que el Tribunal Calificador establezca al efecto, a preguntas relacionadas con el contenido del temario que figura en el anexo I de estas Bases.
Queda a criterio del Tribunal Calificador la fijación del procedimiento a seguir en el desarrollo de esta prueba (cuestionario tipo test, desarrollo de uno o varios temas, etc.) y, en su caso, la penalización de las respuestas mal contestadas.
Con vistas a poner en valor la capacidad de trabajo en euskara, algunas de las preguntas podrán ir redactadas o planteadas únicamente en euskara, y en dicho caso no será facilitada la versión en castellano de las mismas.
Este primer apartado del primer ejercicio se calificará sobre un máximo de veinticinco (25) puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 12,5 puntos para seguir adelante en el proceso.
b) Apartado práctico: Se deberán resolver los ejercicios o casos prácticos determinados por el Tribunal Calificador en relación con las funciones propias del puesto y/o el contenido del temario del anexo de las presentes bases, pudiendo el tribunal exigirles, si así lo acordara, realizar una exposición oral.
En este ejercicio, se podrá incluir también una prueba para medir el conocimiento de excel.
En este apartado se obtendrá un máximo de cuarenta (40) puntos. Si bien para seguir adelante en el proceso se deberán obtener un mínimo de 20 puntos, el tribunal determinara la distribución de dichos puntos en cada prueba así como si además en alguna de las pruebas hay que obtener un mínimo de puntuación para superar la prueba.
De todos modos, las indicaciones o decisiones sobre puntuación se les comunicarán a las personas aspirantes antes de realizar la prueba.
— Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio: prueba de adecuación al perfil del puesto. Obligatorio y eliminatorio para todas las personas aspirantes.
Consistirá en la realización de una serie de pruebas psicotécnicas de aptitudes y de personalidad, así como de una entrevista personal, encaminadas a valorar la adecuación de las personas aspirantes al perfil profesional del puesto y a las funciones a desempeñar.
Este segundo ejercicio se calificará sobre un máximo de treinta (30) puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superar el mismo.
— Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de pruebas para acreditar el conocimiento de euskera. Obligatorio y eliminatorio para todas las personas aspirantes. «Se calificará como «Apto/a» o «No Apto/a».
Consistirá en realizar pruebas de acreditación del perfil lingüístico 4.
Quedarán exentas de realizar el examen de euskera las personas que, antes del inicio de las pruebas de conocimiento de euskera, aporten ante el Tribunal documento acreditativo de estar en posesión del perfil lingüístico 4.
La convalidación de las titulaciones de euskera se recoge en el Decreto 297/2010 de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera y adecuación de los mismos al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, así como en el Decreto 47/2012 de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
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