Fecha convocatoria
17/12/2021
Grupo
A2
Plazas
47
TIPO DE PERSONAL
PLAZO INSCRIPCIÓN
MÁS INFORMACIÓN
Publicada en el DOG de 17/12/2021 la convocatoria de 38 plazas de Ingeniero Técnico Forestal para la Xunta de Galicia, de las cuales 18 corresponden al turno de acceso libre (2 plazas reservadas para personas con discapacidad) y 20 al turno de acceso libre de estabilización.
Publicada la oferta de empleo público 2021 de Galicia en el DOG que incluye 14 plazas de ingenieros técnicos forestales, 10 de ellas son de acceso libre (1 plaza para discapacidad) y 4 plazas corresponden al proceso de estabilización temporal.
Publicada la oferta de empleo público 2020 de Galicia en el DOG que incluye 10 plazas de ingenieros técnicos forestales libres, una de ellas queda reservada para personas con discapacidad general.
Publicada la oferta de empleo público de Galicia en el DOG que incluye 23 plazas de ingenieros técnicos forestales correspondientes al proceso de estabilización.
Disponibles test online en este enlace.
El temario de esta oposición está compuesta por los siguientes temas (según convocatoria de diciembre de 2021)
TEMARIO GENERAL INGENIERO TÉCNICO FORESTAL. XUNTA DE GALICIA
1. La Constitución española de 1978: título preliminar, título I artículo 10, 14, 23, capítulo IV y capítulo V y título VIII.
2. El Estatuto de autonomía de Galicia: título I, título II y título III de la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, del Estatuto de autonomía para Galicia.
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título III, título IV capítulo I y capítulo IV y el título V.
4. Ley 4/2019, de 17 de julio, de la administración digital de Galicia: título preliminar, título I, capítulo I.
5. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: título preliminar, capítulos III y IV.
6. Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico: título preliminar, título I.
7. Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: título III, título VI capítulos III y IV y título VIII.
8. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: título I, título II, título III y título VIII.
9. Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad: título preliminar y título I. Y el título I de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
10. Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: título preliminar y título I.
11. Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno: título preliminar y título I.
TEMARIO ESPECÍFICO INGENIERO TÉCNICO FORESTAL. XUNTA DE GALICIA.
1. La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes.
2. Ocupación de las principales formaciones específicas en Galicia. Existencias. Volúmenes y tasas de aprovechamiento anual para las principales especies forestales en Galicia. Tendencias de ocupación y existencias entre inventarios. Desglose de datos por provincias.
3. Principales datos de estadística forestal en Galicia: superficie ocupada por los montes públicos, montes vecinales en mano común, montes de varas y montes de particulares. Superficies medias. Número de comunidades de montes vecinales en mano común y personas comuneras. Situación estatutaria y mancomunidades. Desglose de datos por provincias.
4. Ley 7/2012, de montes de Galicia: Concepto de monte. Definiciones. Competencias de la Administración local, autonómica y estatal. El Consejo Forestal de Galicia. Decreto por el que se desarrolla el Consejo Forestal de Galicia. Otras mesas sectoriales. 5. Montes protectores. El catálogo de montes de utilidad pública. Gestión de los montes públicos y su deslinde.
6. Montes privados y su gestión. Montes vecinales en mano común (MVMC). Montes de varas, abertales, de voces, de vocerío o de fabeo y su regulación.
7. Ley de montes vecinales en mano común en Galicia y su reglamento. Deslindamiento de los montes vecinales en mano común. Adquisición de terrenos. Reinvestimientos de los ingresos obtenidos por los montes vecinales en mano común en actuaciones de mejora y protección forestal.
8. El Plan forestal de Galicia. Objetivos estratégicos y programáticos. Principales medidas y programas. Horizonte temporal y presupuesto asignado. Procedimientos de revisión. Los planes de ordenación de los recursos forestales.
9. Instrucciones generales de ordenación y de gestión de montes de Galicia. Los instrumentos de ordenación y gestión forestal en Galicia. Aprobación y registro.
10. Certificación forestal: origen y consecuencias. Principales sistemas de certificación forestal: PEFC y FSC. Certificación de la gestión forestal. Certificación de la cadena de custodia. Superficie certificada en España y Galicia.
11. Regulación de los aprovechamientos madereros y leñosos, de corteza, de pastos, micológicos y de resinas en montes o terrenos forestales de gestión privada.
12. Regulación de los aprovechamientos madereros en montes en gestión por la comunidad autónoma en Galicia. Decretos y órdenes de desarrollo. Principales especies y volumen anual aprovechado en montes de gestión pública en Galicia. La regulación de los servicios del monte en Galicia.
13. Modelos silvícolas de aplicación para las principales especies de coníferas y frondosas perennifolias en Galicia.
14. Modelos silvícolas de aplicación para las principales especies de frondosas caducifolias en Galicia. Otros modelos de gestión forestal. Regulación de las masas consolidadas de frondosas autóctonas en Galicia.
15. FLEGT y Reglamento EUTR nº 995/2010. Real decreto 1088/2015. El Registro de empresas forestales de Galicia (Resfor). Divisiones y comunicaciones anuales.
16. Reales decretos de regulación sobre la comercialización de los materiales forestales de reproducción en España. Pasaporte fitosanitario.
17. Sanidad forestal: principales enfermedades y plagas forestales en Galicia.
18. La política agraria comunitaria (PAC): el Feaga y el Feader. Consideraciones generales y aplicación al sector forestal. El Plan gallego de controles Feader no Sixc.
19. Convenios, consorcios y nuevos contratos temporales de gestión pública. El fondo de mejoras forestal. Superficie de montes bajo este tipo de figuras en Galicia. Desglose de datos por provincias.
20. Agrupaciones forestales de gestión conjunta. Tipología y principales características. Registro administrativo. Regulación y registro de la figura del silvicultor activo. Superficie inscrita en Galicia de agrupaciones y silvicultores activos.
21. Condiciones legales que deben cumplir las repoblaciones forestales. Distancias de repoblación. El régimen sancionador en materia de montes de Galicia.
22. Legislación en materia de recuperación de la tierra agraria en Galicia.
23. El sector forestal y su contribución a la producción final agraria en Galicia. Ayudas sectoriales. La industria forestal: problemática, evolución y perspectivas. Estructura de producción. Industria de la sierra, del tablero, de la pasta, principales procesos de producción. Comercialización. La Agencia Gallega de la Industria Forestal.
24. La Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia. El Pladiga. Los centros de coordinación.
25. Sistemas de detección. Modelos de combustible. Índices de riesgo.
26. Extinción de incendios forestales. Sistema de predicción de Campbell. Técnicas de extinción, primer ataque y ataque ampliado, el contrafuego. Retardantes. Valoración de daños y pérdidas.
27. Los grandes incendios forestales (GIF). Definición y estadísticas. El Sistema de manejo de emergencias (ICS). El método de Gestión Operativa y Mando (GOM). La meteorología en los incendios forestales. Comportamiento del fuego en los GIF. Las comunicaciones en los GIF.
28. Los incendios en interfaz urbano forestal. Situaciones operativas. La integración en los planes de protección civil para emergencias por incendios forestales. La Directriz básica de planificación de protección civil de emergencias por incendios forestales. El Peifoga.
29. Las quemas prescritas. Protocolo. La ventana de actuación. El plan de quema.
30. Prevención de incendios: acciones sobre el territorio y sobre la población. Las redes de fajas de gestión de la biomasa. Los perímetros de alto riesgo de incendios forestales.
31. Medios aéreos de extinción de incendios forestales. Tipos de aeronaves. La coordinación de medios aéreos. Las comunicaciones con los medios aéreos.
32. La maquinaria pesada en la extinción de incendios forestales. Tipos de máquinas empleadas en Galicia. Tipos de trabajos. Rendimientos. Maniobras de autoprotección.
33. Restauración en zonas afectadas por grandes incendios. Técnicas y costes. Índices de severidad.
34. La investigación de causas de incendios forestales. El comportamiento del fuego. El método de las evidencias físicas. Determinación de situaciones de riesgo.
35. La seguridad en la extinción de incendios forestales. Factores de riesgo en la extinción. Protocolo Ocela. Situaciones en atrapamiento. Maniobras de autoprotección.
36. Las comunicaciones en la extinción de incendios forestales de Galicia. La red TETRA. La función repeater y el modo Gateway.
37. El trabajo con las motobombas. Características principales. Clasificaciones. Partes principales del vehículo de extinción. Cisterna, bomba, mangueras y accesorios. Seguridad en las operaciones con las motobombas.
38. Competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia forestal y de conservación de la naturaleza. La Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio: su estructura orgánica y funcional.
39. Conservación de la biodiversidad a nivel internacional y comunitario. La biodiversidad en las políticas de mitigación y adaptación al cambio climático. Estrategia española del patrimonio natural y de la biodiversidad. Principales causas de la pérdida de la biodiversidad. La gestión de las especies exóticas invasoras.
40. Los espacios naturales protegidos. Clasificación según el régimen de protección internacional, comunitario, nacional y autonómico. Instrumentos de planificación de los espacios naturales protegidos en Galicia. Procedimiento de declaración y la gestión de los espacios naturales protegidos en Galicia. La Red Natura 2000 en Galicia, principales taxones y hábitats representados. Plan director de la Red Natura 2000.
41. Ecosistemas: población. Producción. Explotación. Parámetros energéticos. Pirámides tróficas y energéticas. Relaciones interespecíficas. Relación medio-individuo. Sucesiones. Estratificación. Acciones y reacciones. Simulación ecológica. Ecosistemas de Galicia.
42. La protección de la fauna y de la flora. Normativa específica. Los catálogos y registros de fauna y flora. Los endemismos gallegos. Catálogo gallego de especies amenazadas. Catálogo gallego de árboles singulares.
43. Gestión cinegética. La Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia. Los planes de ordenación de los recursos cinegéticos. Las especies cinegéticas de Galicia. Técnicas y procedimientos de ordenación cinegética. Repoblaciones cinegéticas. Mejora de los hábitats. Granjas cinegéticas: peculiaridades constructivas, normativa de aplicación, situación en Galicia.
44. Técnicas de protección y fomento de las poblaciones piscícolas. Conservación y mejora del hábitat fluvial. Bases técnicas de las principales infraestructuras: capturaderos, centros ictiogénicos, canales de desove y cría. Las repoblaciones piscícolas: justificación y técnicas.
45. La evaluación ambiental: Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
46. La metodología técnica de evaluación ambiental. Diseño de medidas protectoras y correctoras. Evaluación ambiental de planes, programas y proyectos con potencial afición sobre los espacios de la Red Natura 2000. Medidas compensatorias.
47. Acceso a la información en materia de medio ambiente: Convenio de Aarhus. La participación en la gestión ambiental. Normativa de la Unión Europea. La información ambiental en España. La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. El Consejo Gallego de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.
48. La educación ambiental. Concepto, principios básicos e instrumentos para la educación ambiental. Interpretación del patrimonio ambiental. El CENEAM y el CEIDA: objetivos y programas de trabajo. El Observatorio Gallego de Educación Ambiental.
Ingeniero técnico forestal o graduado en una titulación que habilite para el ejercicio de la profesión de ingeniero técnico forestal.
Fase de oposición.
El programa que regirá las pruebas selectivas es el que figura como anexo III de la resolución. Se tendrán en cuenta las normas de derecho positivo relacionadas con el contenido del programa que, con fecha límite de la fecha de publicación en el DOG del nombramiento del tribunal, cuenten con publicación oficial en el boletín o diario correspondiente, aunque su entrada en vigor esté diferida a un momento posterior.
Las normas de derecho positivo relacionadas con el contenido del programa que figura en el anexo III y que fueran derogadas parcial o totalmente, serán automáticamente sustituidas por aquellas que procedan a su derogación parcial o total, con fecha límite de la fecha de publicación en el DOG del nombramiento del tribunal.
II.1.1. Ejercicios.
Las pruebas de la oposición consistirán en la superación de los siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios y obligatorios.
II.1.1.1. Primer ejercicio.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de ciento veinte (120) preguntas tipo test, relacionado con el anexo III del programa.
El ejercicio se dividirá en dos partes:
La primera parte consistirá en contestar por escrito un cuestionario de contenido teórico de noventa (90) preguntas, de las que veinte (20) preguntas se corresponden con la parte común del programa y setenta (70) preguntas con la parte especifica.
El ejercicio dispondrá de seis (6) preguntas de reserva, de las que cuatro (4) serán de la parte especifica del programa.
Las preguntas tendrán cuatro (4) respuestas alternativas propuestas por el tribunal, de las que solo una de ellas será la correcta.
Las personas aspirantes del turno de promoción interna estarán exentas de contestar las preguntas de contenido teórico sobre la parte común del programa, por lo que contestarán únicamente las preguntas de contenido teórico sobre la parte específica y las correspondientes preguntas de reserva.
La segunda parte consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de contenido práctico de treinta (30) preguntas de la parte específica del programa, sobre uno o varios textos propuestos por el tribunal.
El ejercicio dispondrá de cuatro (4) preguntas de reserva.
Las preguntas tendrán cuatro (4) respuestas alternativas propuestas por el tribunal, de las que solo una de ellas será la correcta.
Las preguntas adicionales de reserva serán valoradas solo en el caso de que se anule alguna de las preguntas del ejercicio.
El tribunal procurará que el número de preguntas guarde la debida proporción con el número y contenido de los temas que integran el programa. En la elaboración de las preguntas del presente ejercicio se respetará el orden establecido en los párrafos anteriores.
El tiempo máximo de duración de este ejercicio será de doscientos (200) minutos.
Las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación.
En el acceso libre, superarán el ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta completar el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) el número de plazas convocadas en este turno, siempre que alcancen el mínimo del 50 %, en cada una de las dos partes, de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
En caso de que el número de aspirantes que superaran este ejercicio no sea el previsto en el párrafo anterior, se rebajará al mínimo del 40 % en cada una de las partes de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, siempre que no superen el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) al número de plazas convocado en este turno.
En el acceso por el turno de promoción interna superarán el ejercicio las personas aspirantes que alcancen el mínimo del 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
En caso de que el número de aspirantes que superaran este ejercicio no sea el previsto en el párrafo anterior, se rebajará al mínimo del 40 % en cada una de las partes de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
Al final de la prueba cada aspirante podrá obtener copia de sus respuestas. En el plazo de las veinticuatro (24) horas siguientes se publicará el contenido del ejercicio y las respuestas correctas en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
El ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos y, para superarlo, será necesario obtener un mínimo de veinte (20) puntos. Cada respuesta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta.
Este ejercicio se realizará en el plazo máximo de cuarenta (40) días hábiles desde la constitución del tribunal que juzgue las pruebas.
La fecha de realización de este ejercicio no tendrá lugar antes de los seis (6) meses posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOG.
El ejercicio será coincidente con el primer ejercicio del proceso selectivo de estabilización, para el ingreso en el cuerpo facultativo de grado medio de la Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la misma especialidad, escala, categoría y grupo, convocado por la Resolución de 16 de diciembre de 2021.
II.1.1.2. Segundo ejercicio.
Consistirá en el desarrollo por escrito de un (1) tema, para elegir entre dos (2) obtenidos mediante sorteo de entre los que figuran en la parte específica del programa.
El tiempo máximo de duración de este ejercicio será de sesenta (60) minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos y, para superarlo, será necesario obtener un mínimo de veinte (20) puntos. Corresponde al tribunal determinar el nivel de conocimientos exigido para alcanzar esta puntuación mínima.
El tribunal calificará este ejercicio valorando, entre otros, los conocimientos, la claridad, el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita.
Este ejercicio se realizará en un plazo mínimo de dos (2) días hábiles desde el final del ejercicio anterior y máximo de cuarenta (40) días hábiles.
II.1.1.3. Tercer ejercicio.
Constará de dos pruebas:
Primera prueba: consistirá en la traducción de un texto del castellano al gallego elegido por sorteo de entre dos textos propuestos por el tribunal.
Segunda prueba: consistirá en la traducción de un texto del gallego al castellano, elegido por sorteo de entre dos textos propuestos por el tribunal.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de sesenta (60) minutos.
Este ejercicio se valorará como apto o no apto y será necesario para superarlo obtener el resultado de apto. Corresponderá al tribunal determinar el conocimiento de la lengua gallega de acuerdo al nivel del Celga requerido en el proceso selectivo.
Estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acrediten, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación en el DOG de la resolución por la que el tribunal haga públicas las calificaciones del segundo ejercicio, que poseían el día de la publicación de esta convocatoria en el DOG, el Celga 4 o el título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).
Junto con la resolución anterior, la Dirección General de la Función Pública publicará, en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal, un listado de personas aspirantes en el que figurarán aquellas que, por haber acreditado la posesión del Celga requerido, en cualquier procedimiento cuya competencia corresponda a esta dirección general, no tienen que presentar la documentación justificativa de la exención.
Este ejercicio se realizará en un plazo mínimo de dos (2) días hábiles desde la finalización del ejercicio anterior y máximo de cuarenta (40) días hábiles.
II.1.2. Desarrollo de los ejercicios.
II.1.2.1. El orden de actuación de las personas aspirantes será por orden alfabético y se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra Y, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de 29 de enero de 2021 (DOG núm. 24, de 5 de febrero), por la que se publica el resultado del sorteo realizado, en cumplimiento de lo establecido en la Resolución de la misma consellería de 18 de enero de 2021 (DOG núm. 14, de 22 de enero).
II.1.2.2. Las personas aspirantes deberán presentarse a cada ejercicio provistas de NIF, NIE, pasaporte, permiso de conducción u otro documento fidedigno que a juicio del tribunal acredite su identidad.
II.1.2.3. Los ejercicios se realizarán a puerta cerrada sin otra asistencia que la de las personas aspirantes, los miembros del tribunal y las personas designadas por la Dirección General de la Función Pública como colaboradoras.
II.1.2.4. En cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por el tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
II.1.2.5. El llamamiento para cada ejercicio será único, de manera que las personas aspirantes que no comparezcan serán excluidas.
No obstante, las mujeres embarazadas que prevean la coincidencia del parto con las fechas de realización de cualquiera de los ejercicios por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación, o eventualmente en los primeros días del puerperio, podrán ponerlo en conocimiento del tribunal, adjuntando a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al anuncio de la fecha del examen.
El tribunal acordará si procede o no realizar la prueba en un lugar alternativo, aplazarla o adoptar ambas medidas conjuntamente. Contra tal acuerdo no cabrá recurso, sin perjuicio de que las razones de la impugnación se incluyan en cualquier otro recurso admisible de acuerdo con las reglas generales del proceso selectivo.
II.1.2.6. El anuncio de realización de los ejercicios se publicará en el DOG y en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal, con cuarenta y ocho (48) horas, al menos, de anticipación a la señalada para su inicio.
II.1.2.7. Si el tribunal, de oficio, o en base a las reclamaciones que las personas aspirantes pueden presentar en los tres (3) días hábiles siguientes a la realización del ejercicio, anulara alguna o algunas de sus preguntas o modificara el modelo de corrección de respuestas lo publicará en el DOG.
II.1.2.8. Las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes se publicarán en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal
Se concederá un plazo de diez (10) días hábiles a efectos de alegaciones, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación en el DOG de la resolución del tribunal por la que se hacen públicas las puntuaciones del correspondiente ejercicio.
II.1.2.9. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguna persona aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos en esta convocatoria, lo comunicará a la Dirección General de la Función Pública para que esta le requiera los documentos acreditativos de su cumplimiento.
En caso de que la persona aspirante no acredite el cumplimiento de los requisitos, la Dirección General de la Función Pública propondrá su exclusión del proceso selectivo al órgano convocante publicará la orden que corresponda.
II.1.2.10. Para respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir en el acceso al empleo público, el tribunal establecerá e informará a las personas aspirantes, con anterioridad a la realización de los ejercicios, de los criterios de corrección, valoración y superación que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
En caso de que el tribunal acuerde parámetros para la calificación del ejercicio en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio.
Publicada en el DOG de 17/12/2021 la convocatoria de 38 plazas de Ingeniero Técnico Forestal para la Xunta de Galicia, de las cuales 18 corresponden al turno de acceso libre (2 plazas reservadas para personas con discapacidad) y 20 al turno de acceso libre de estabilización.
Publicada la oferta de empleo público 2021 de Galicia en el DOG que incluye 14 plazas de ingenieros técnicos forestales, 10 de ellas son de acceso libre (1 plaza para discapacidad) y 4 plazas corresponden al proceso de estabilización temporal.
Publicada la oferta de empleo público 2020 de Galicia en el DOG que incluye 10 plazas de ingenieros técnicos forestales libres, una de ellas queda reservada para personas con discapacidad general.
Publicada la oferta de empleo público de Galicia en el DOG que incluye 23 plazas de ingenieros técnicos forestales correspondientes al proceso de estabilización.
Disponibles test online en este enlace.
El temario de esta oposición está compuesta por los siguientes temas (según convocatoria de diciembre de 2021)
TEMARIO GENERAL INGENIERO TÉCNICO FORESTAL. XUNTA DE GALICIA
1. La Constitución española de 1978: título preliminar, título I artículo 10, 14, 23, capítulo IV y capítulo V y título VIII.
2. El Estatuto de autonomía de Galicia: título I, título II y título III de la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, del Estatuto de autonomía para Galicia.
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título III, título IV capítulo I y capítulo IV y el título V.
4. Ley 4/2019, de 17 de julio, de la administración digital de Galicia: título preliminar, título I, capítulo I.
5. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: título preliminar, capítulos III y IV.
6. Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico: título preliminar, título I.
7. Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: título III, título VI capítulos III y IV y título VIII.
8. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: título I, título II, título III y título VIII.
9. Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad: título preliminar y título I. Y el título I de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
10. Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: título preliminar y título I.
11. Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno: título preliminar y título I.
TEMARIO ESPECÍFICO INGENIERO TÉCNICO FORESTAL. XUNTA DE GALICIA.
1. La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes.
2. Ocupación de las principales formaciones específicas en Galicia. Existencias. Volúmenes y tasas de aprovechamiento anual para las principales especies forestales en Galicia. Tendencias de ocupación y existencias entre inventarios. Desglose de datos por provincias.
3. Principales datos de estadística forestal en Galicia: superficie ocupada por los montes públicos, montes vecinales en mano común, montes de varas y montes de particulares. Superficies medias. Número de comunidades de montes vecinales en mano común y personas comuneras. Situación estatutaria y mancomunidades. Desglose de datos por provincias.
4. Ley 7/2012, de montes de Galicia: Concepto de monte. Definiciones. Competencias de la Administración local, autonómica y estatal. El Consejo Forestal de Galicia. Decreto por el que se desarrolla el Consejo Forestal de Galicia. Otras mesas sectoriales. 5. Montes protectores. El catálogo de montes de utilidad pública. Gestión de los montes públicos y su deslinde.
6. Montes privados y su gestión. Montes vecinales en mano común (MVMC). Montes de varas, abertales, de voces, de vocerío o de fabeo y su regulación.
7. Ley de montes vecinales en mano común en Galicia y su reglamento. Deslindamiento de los montes vecinales en mano común. Adquisición de terrenos. Reinvestimientos de los ingresos obtenidos por los montes vecinales en mano común en actuaciones de mejora y protección forestal.
8. El Plan forestal de Galicia. Objetivos estratégicos y programáticos. Principales medidas y programas. Horizonte temporal y presupuesto asignado. Procedimientos de revisión. Los planes de ordenación de los recursos forestales.
9. Instrucciones generales de ordenación y de gestión de montes de Galicia. Los instrumentos de ordenación y gestión forestal en Galicia. Aprobación y registro.
10. Certificación forestal: origen y consecuencias. Principales sistemas de certificación forestal: PEFC y FSC. Certificación de la gestión forestal. Certificación de la cadena de custodia. Superficie certificada en España y Galicia.
11. Regulación de los aprovechamientos madereros y leñosos, de corteza, de pastos, micológicos y de resinas en montes o terrenos forestales de gestión privada.
12. Regulación de los aprovechamientos madereros en montes en gestión por la comunidad autónoma en Galicia. Decretos y órdenes de desarrollo. Principales especies y volumen anual aprovechado en montes de gestión pública en Galicia. La regulación de los servicios del monte en Galicia.
13. Modelos silvícolas de aplicación para las principales especies de coníferas y frondosas perennifolias en Galicia.
14. Modelos silvícolas de aplicación para las principales especies de frondosas caducifolias en Galicia. Otros modelos de gestión forestal. Regulación de las masas consolidadas de frondosas autóctonas en Galicia.
15. FLEGT y Reglamento EUTR nº 995/2010. Real decreto 1088/2015. El Registro de empresas forestales de Galicia (Resfor). Divisiones y comunicaciones anuales.
16. Reales decretos de regulación sobre la comercialización de los materiales forestales de reproducción en España. Pasaporte fitosanitario.
17. Sanidad forestal: principales enfermedades y plagas forestales en Galicia.
18. La política agraria comunitaria (PAC): el Feaga y el Feader. Consideraciones generales y aplicación al sector forestal. El Plan gallego de controles Feader no Sixc.
19. Convenios, consorcios y nuevos contratos temporales de gestión pública. El fondo de mejoras forestal. Superficie de montes bajo este tipo de figuras en Galicia. Desglose de datos por provincias.
20. Agrupaciones forestales de gestión conjunta. Tipología y principales características. Registro administrativo. Regulación y registro de la figura del silvicultor activo. Superficie inscrita en Galicia de agrupaciones y silvicultores activos.
21. Condiciones legales que deben cumplir las repoblaciones forestales. Distancias de repoblación. El régimen sancionador en materia de montes de Galicia.
22. Legislación en materia de recuperación de la tierra agraria en Galicia.
23. El sector forestal y su contribución a la producción final agraria en Galicia. Ayudas sectoriales. La industria forestal: problemática, evolución y perspectivas. Estructura de producción. Industria de la sierra, del tablero, de la pasta, principales procesos de producción. Comercialización. La Agencia Gallega de la Industria Forestal.
24. La Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia. El Pladiga. Los centros de coordinación.
25. Sistemas de detección. Modelos de combustible. Índices de riesgo.
26. Extinción de incendios forestales. Sistema de predicción de Campbell. Técnicas de extinción, primer ataque y ataque ampliado, el contrafuego. Retardantes. Valoración de daños y pérdidas.
27. Los grandes incendios forestales (GIF). Definición y estadísticas. El Sistema de manejo de emergencias (ICS). El método de Gestión Operativa y Mando (GOM). La meteorología en los incendios forestales. Comportamiento del fuego en los GIF. Las comunicaciones en los GIF.
28. Los incendios en interfaz urbano forestal. Situaciones operativas. La integración en los planes de protección civil para emergencias por incendios forestales. La Directriz básica de planificación de protección civil de emergencias por incendios forestales. El Peifoga.
29. Las quemas prescritas. Protocolo. La ventana de actuación. El plan de quema.
30. Prevención de incendios: acciones sobre el territorio y sobre la población. Las redes de fajas de gestión de la biomasa. Los perímetros de alto riesgo de incendios forestales.
31. Medios aéreos de extinción de incendios forestales. Tipos de aeronaves. La coordinación de medios aéreos. Las comunicaciones con los medios aéreos.
32. La maquinaria pesada en la extinción de incendios forestales. Tipos de máquinas empleadas en Galicia. Tipos de trabajos. Rendimientos. Maniobras de autoprotección.
33. Restauración en zonas afectadas por grandes incendios. Técnicas y costes. Índices de severidad.
34. La investigación de causas de incendios forestales. El comportamiento del fuego. El método de las evidencias físicas. Determinación de situaciones de riesgo.
35. La seguridad en la extinción de incendios forestales. Factores de riesgo en la extinción. Protocolo Ocela. Situaciones en atrapamiento. Maniobras de autoprotección.
36. Las comunicaciones en la extinción de incendios forestales de Galicia. La red TETRA. La función repeater y el modo Gateway.
37. El trabajo con las motobombas. Características principales. Clasificaciones. Partes principales del vehículo de extinción. Cisterna, bomba, mangueras y accesorios. Seguridad en las operaciones con las motobombas.
38. Competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia forestal y de conservación de la naturaleza. La Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio: su estructura orgánica y funcional.
39. Conservación de la biodiversidad a nivel internacional y comunitario. La biodiversidad en las políticas de mitigación y adaptación al cambio climático. Estrategia española del patrimonio natural y de la biodiversidad. Principales causas de la pérdida de la biodiversidad. La gestión de las especies exóticas invasoras.
40. Los espacios naturales protegidos. Clasificación según el régimen de protección internacional, comunitario, nacional y autonómico. Instrumentos de planificación de los espacios naturales protegidos en Galicia. Procedimiento de declaración y la gestión de los espacios naturales protegidos en Galicia. La Red Natura 2000 en Galicia, principales taxones y hábitats representados. Plan director de la Red Natura 2000.
41. Ecosistemas: población. Producción. Explotación. Parámetros energéticos. Pirámides tróficas y energéticas. Relaciones interespecíficas. Relación medio-individuo. Sucesiones. Estratificación. Acciones y reacciones. Simulación ecológica. Ecosistemas de Galicia.
42. La protección de la fauna y de la flora. Normativa específica. Los catálogos y registros de fauna y flora. Los endemismos gallegos. Catálogo gallego de especies amenazadas. Catálogo gallego de árboles singulares.
43. Gestión cinegética. La Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia. Los planes de ordenación de los recursos cinegéticos. Las especies cinegéticas de Galicia. Técnicas y procedimientos de ordenación cinegética. Repoblaciones cinegéticas. Mejora de los hábitats. Granjas cinegéticas: peculiaridades constructivas, normativa de aplicación, situación en Galicia.
44. Técnicas de protección y fomento de las poblaciones piscícolas. Conservación y mejora del hábitat fluvial. Bases técnicas de las principales infraestructuras: capturaderos, centros ictiogénicos, canales de desove y cría. Las repoblaciones piscícolas: justificación y técnicas.
45. La evaluación ambiental: Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
46. La metodología técnica de evaluación ambiental. Diseño de medidas protectoras y correctoras. Evaluación ambiental de planes, programas y proyectos con potencial afición sobre los espacios de la Red Natura 2000. Medidas compensatorias.
47. Acceso a la información en materia de medio ambiente: Convenio de Aarhus. La participación en la gestión ambiental. Normativa de la Unión Europea. La información ambiental en España. La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. El Consejo Gallego de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.
48. La educación ambiental. Concepto, principios básicos e instrumentos para la educación ambiental. Interpretación del patrimonio ambiental. El CENEAM y el CEIDA: objetivos y programas de trabajo. El Observatorio Gallego de Educación Ambiental.
Ingeniero técnico forestal o graduado en una titulación que habilite para el ejercicio de la profesión de ingeniero técnico forestal.
Fase de oposición.
El programa que regirá las pruebas selectivas es el que figura como anexo III de la resolución. Se tendrán en cuenta las normas de derecho positivo relacionadas con el contenido del programa que, con fecha límite de la fecha de publicación en el DOG del nombramiento del tribunal, cuenten con publicación oficial en el boletín o diario correspondiente, aunque su entrada en vigor esté diferida a un momento posterior.
Las normas de derecho positivo relacionadas con el contenido del programa que figura en el anexo III y que fueran derogadas parcial o totalmente, serán automáticamente sustituidas por aquellas que procedan a su derogación parcial o total, con fecha límite de la fecha de publicación en el DOG del nombramiento del tribunal.
II.1.1. Ejercicios.
Las pruebas de la oposición consistirán en la superación de los siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios y obligatorios.
II.1.1.1. Primer ejercicio.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de ciento veinte (120) preguntas tipo test, relacionado con el anexo III del programa.
El ejercicio se dividirá en dos partes:
La primera parte consistirá en contestar por escrito un cuestionario de contenido teórico de noventa (90) preguntas, de las que veinte (20) preguntas se corresponden con la parte común del programa y setenta (70) preguntas con la parte especifica.
El ejercicio dispondrá de seis (6) preguntas de reserva, de las que cuatro (4) serán de la parte especifica del programa.
Las preguntas tendrán cuatro (4) respuestas alternativas propuestas por el tribunal, de las que solo una de ellas será la correcta.
Las personas aspirantes del turno de promoción interna estarán exentas de contestar las preguntas de contenido teórico sobre la parte común del programa, por lo que contestarán únicamente las preguntas de contenido teórico sobre la parte específica y las correspondientes preguntas de reserva.
La segunda parte consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de contenido práctico de treinta (30) preguntas de la parte específica del programa, sobre uno o varios textos propuestos por el tribunal.
El ejercicio dispondrá de cuatro (4) preguntas de reserva.
Las preguntas tendrán cuatro (4) respuestas alternativas propuestas por el tribunal, de las que solo una de ellas será la correcta.
Las preguntas adicionales de reserva serán valoradas solo en el caso de que se anule alguna de las preguntas del ejercicio.
El tribunal procurará que el número de preguntas guarde la debida proporción con el número y contenido de los temas que integran el programa. En la elaboración de las preguntas del presente ejercicio se respetará el orden establecido en los párrafos anteriores.
El tiempo máximo de duración de este ejercicio será de doscientos (200) minutos.
Las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación.
En el acceso libre, superarán el ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta completar el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) el número de plazas convocadas en este turno, siempre que alcancen el mínimo del 50 %, en cada una de las dos partes, de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
En caso de que el número de aspirantes que superaran este ejercicio no sea el previsto en el párrafo anterior, se rebajará al mínimo del 40 % en cada una de las partes de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, siempre que no superen el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) al número de plazas convocado en este turno.
En el acceso por el turno de promoción interna superarán el ejercicio las personas aspirantes que alcancen el mínimo del 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
En caso de que el número de aspirantes que superaran este ejercicio no sea el previsto en el párrafo anterior, se rebajará al mínimo del 40 % en cada una de las partes de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
Al final de la prueba cada aspirante podrá obtener copia de sus respuestas. En el plazo de las veinticuatro (24) horas siguientes se publicará el contenido del ejercicio y las respuestas correctas en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
El ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos y, para superarlo, será necesario obtener un mínimo de veinte (20) puntos. Cada respuesta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta.
Este ejercicio se realizará en el plazo máximo de cuarenta (40) días hábiles desde la constitución del tribunal que juzgue las pruebas.
La fecha de realización de este ejercicio no tendrá lugar antes de los seis (6) meses posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOG.
El ejercicio será coincidente con el primer ejercicio del proceso selectivo de estabilización, para el ingreso en el cuerpo facultativo de grado medio de la Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la misma especialidad, escala, categoría y grupo, convocado por la Resolución de 16 de diciembre de 2021.
II.1.1.2. Segundo ejercicio.
Consistirá en el desarrollo por escrito de un (1) tema, para elegir entre dos (2) obtenidos mediante sorteo de entre los que figuran en la parte específica del programa.
El tiempo máximo de duración de este ejercicio será de sesenta (60) minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos y, para superarlo, será necesario obtener un mínimo de veinte (20) puntos. Corresponde al tribunal determinar el nivel de conocimientos exigido para alcanzar esta puntuación mínima.
El tribunal calificará este ejercicio valorando, entre otros, los conocimientos, la claridad, el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita.
Este ejercicio se realizará en un plazo mínimo de dos (2) días hábiles desde el final del ejercicio anterior y máximo de cuarenta (40) días hábiles.
II.1.1.3. Tercer ejercicio.
Constará de dos pruebas:
Primera prueba: consistirá en la traducción de un texto del castellano al gallego elegido por sorteo de entre dos textos propuestos por el tribunal.
Segunda prueba: consistirá en la traducción de un texto del gallego al castellano, elegido por sorteo de entre dos textos propuestos por el tribunal.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de sesenta (60) minutos.
Este ejercicio se valorará como apto o no apto y será necesario para superarlo obtener el resultado de apto. Corresponderá al tribunal determinar el conocimiento de la lengua gallega de acuerdo al nivel del Celga requerido en el proceso selectivo.
Estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acrediten, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación en el DOG de la resolución por la que el tribunal haga públicas las calificaciones del segundo ejercicio, que poseían el día de la publicación de esta convocatoria en el DOG, el Celga 4 o el título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).
Junto con la resolución anterior, la Dirección General de la Función Pública publicará, en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal, un listado de personas aspirantes en el que figurarán aquellas que, por haber acreditado la posesión del Celga requerido, en cualquier procedimiento cuya competencia corresponda a esta dirección general, no tienen que presentar la documentación justificativa de la exención.
Este ejercicio se realizará en un plazo mínimo de dos (2) días hábiles desde la finalización del ejercicio anterior y máximo de cuarenta (40) días hábiles.
II.1.2. Desarrollo de los ejercicios.
II.1.2.1. El orden de actuación de las personas aspirantes será por orden alfabético y se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra Y, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de 29 de enero de 2021 (DOG núm. 24, de 5 de febrero), por la que se publica el resultado del sorteo realizado, en cumplimiento de lo establecido en la Resolución de la misma consellería de 18 de enero de 2021 (DOG núm. 14, de 22 de enero).
II.1.2.2. Las personas aspirantes deberán presentarse a cada ejercicio provistas de NIF, NIE, pasaporte, permiso de conducción u otro documento fidedigno que a juicio del tribunal acredite su identidad.
II.1.2.3. Los ejercicios se realizarán a puerta cerrada sin otra asistencia que la de las personas aspirantes, los miembros del tribunal y las personas designadas por la Dirección General de la Función Pública como colaboradoras.
II.1.2.4. En cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por el tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
II.1.2.5. El llamamiento para cada ejercicio será único, de manera que las personas aspirantes que no comparezcan serán excluidas.
No obstante, las mujeres embarazadas que prevean la coincidencia del parto con las fechas de realización de cualquiera de los ejercicios por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación, o eventualmente en los primeros días del puerperio, podrán ponerlo en conocimiento del tribunal, adjuntando a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al anuncio de la fecha del examen.
El tribunal acordará si procede o no realizar la prueba en un lugar alternativo, aplazarla o adoptar ambas medidas conjuntamente. Contra tal acuerdo no cabrá recurso, sin perjuicio de que las razones de la impugnación se incluyan en cualquier otro recurso admisible de acuerdo con las reglas generales del proceso selectivo.
II.1.2.6. El anuncio de realización de los ejercicios se publicará en el DOG y en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal, con cuarenta y ocho (48) horas, al menos, de anticipación a la señalada para su inicio.
II.1.2.7. Si el tribunal, de oficio, o en base a las reclamaciones que las personas aspirantes pueden presentar en los tres (3) días hábiles siguientes a la realización del ejercicio, anulara alguna o algunas de sus preguntas o modificara el modelo de corrección de respuestas lo publicará en el DOG.
II.1.2.8. Las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes se publicarán en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal
Se concederá un plazo de diez (10) días hábiles a efectos de alegaciones, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación en el DOG de la resolución del tribunal por la que se hacen públicas las puntuaciones del correspondiente ejercicio.
II.1.2.9. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguna persona aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos en esta convocatoria, lo comunicará a la Dirección General de la Función Pública para que esta le requiera los documentos acreditativos de su cumplimiento.
En caso de que la persona aspirante no acredite el cumplimiento de los requisitos, la Dirección General de la Función Pública propondrá su exclusión del proceso selectivo al órgano convocante publicará la orden que corresponda.
II.1.2.10. Para respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir en el acceso al empleo público, el tribunal establecerá e informará a las personas aspirantes, con anterioridad a la realización de los ejercicios, de los criterios de corrección, valoración y superación que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
En caso de que el tribunal acuerde parámetros para la calificación del ejercicio en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio.
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