Fecha convocatoria
02/03/2019
Grupo
A2
Plazas
12
TIPO DE PERSONAL
PLAZO INSCRIPCIÓN
MÁS INFORMACIÓN
Convocadas 12 plazas por el turno libre (de ellas 1 está reservada para personas con discapacidad) de Titulados Medios en Organismos Autónomos Ministerio de Fomento, especialidad Operaciones Aéreas.
Disponibles test online en este enlace.
ANEXO II
Programa
Materias generales
a) Organización y funcionamiento de la Administración.
1. La Constitución Española de 1978. Estructura, principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y libertades fundamentales. La reforma constitucional. La estructura de poderes del Estado: Poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial. La Corona.
2. Fuentes del ordenamiento jurídico administrativo. La Constitución. Los tratados internacionales. La ley. El reglamento. Otras fuentes del derecho administrativo.
3. La Administración General del Estado. Órganos superiores y órganos directivos. La organización central. La organización periférica: Delegados y Subdelegados del Gobierno. Especial referencia al Ministerio de Fomento.
4. Las Comunidades Autónomas. El proceso autonómico y el sistema de distribución de competencias entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía y la organización institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: Entidades que la integran.
5. La Unión Europea y sus tratados constitutivos. Sistema institucional. Fuentes del Derecho de la Unión y su trasposición al ordenamiento jurídico español. Políticas comunes.
6. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas y su regulación. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Nulidad y anulabilidad de los actos. El procedimiento administrativo común y sus fases. La responsabilidad patrimonial de la Administración.
7. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.
8. Revisión de los actos en vía administrativa. Recursos administrativos: Concepto, naturaleza y clases. Revisión de oficio. La jurisdicción contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo.
9. La expropiación forzosa. Actos administrativos previos de expropiación. Justiprecio. Jurado Provincial de Expropiación. Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral.
10. Los contratos del Sector Público. Concepto y tipos. Sus elementos y procedimientos de adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.
11. El modelo de Función Pública del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Características generales. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: clasificación, derechos y deberes.
12. Principios, políticas y medidas de igualdad de género y contra la violencia de género. Normativa vigente en el ordenamiento español y en el de la Unión Europea, con especial referencia al II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y a las personas en situación de dependencia.
b) Marco general.
1. La Dirección General de Aviación Civil y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea: estructura orgánica y reparto de competencias. La Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC). La Entidad Pública Empresarial Enaire y la Sociedad Mercantil Estatal AENA S.A: competencias y funciones. El Consejo Asesor de Aviación Civil.
2. La Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos. La Agencia Estatal de Seguridad Aérea: fines, estructura y competencias. Órganos de Gobierno. El Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y el Contrato de Gestión
3. Organizaciones y Asociaciones Internacionales de Aviación Civil: Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA).
4. El Convenio de Aviación Civil Internacional. Anexos técnicos, Métodos y Prácticas Recomendados (SARPS), Procedimientos de Navegación Aérea (PANS), Procedimientos Suplementarios Regionales (SUPPS). Convenios Internacionales de Transporte Aéreo: Convenio de Varsovia, modificado en La Haya y Montreal.
5. Organismos y Asociaciones Europeas de Aviación Civil: Conferencia Europea de Aviación Civil (CEAC), Eurocontrol, Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA).
6. Marco legal e institucional comunitario en materia de seguridad aérea. Eurocontrol: Programas e iniciativas de navegación aérea. Relaciones con la Unión Europea. EASA: Organización, financiación y funciones asignadas a EASA. Relación con las autoridades nacionales de los Estados miembros.
7. Marco legal e Institucional de la Aviación Civil en España: La Ley de Navegación Aérea, la Ley de Seguridad Aérea y Ley 1/2011. Regulación de competencias entre los Ministerios de Defensa y Fomento; Órganos de coordinación: Comisión Interministerial entre Defensa y Fomento.
8. Investigación de accidentes e incidentes de aviación. Normas de seguridad en el transporte aéreo. Normativa española y comunitaria. Anexo 13 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.
9. Normativa sobre Registro de Matrícula de Aeronaves en España. Real Decreto 384/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de matriculación de aeronaves civiles.
10. Plan Global para la Navegación Aérea (GANP); concepto CNS/ATM; antecedentes y objetivos. 11. Normas de calidad. Sistemas de calidad. Documentación.
12. La Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA). Organización, funciones y competencias. Reglamento (CE) 216/2008 de la Comisión. Funciones asignadas a EASA y a las autoridades nacionales de los Estados miembros. Estructura de la regulación y proceso de creación de reglamentación.
13. Real Decreto 98/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de inspección aeronáutica. Materias específicas a) Licencias al personal.
14. Licencias al personal. El Anexo 1 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.
15. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: Parte FCL: Subpartes LAPL, PPL, SPL, BPL.
16. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: Parte FCL: Subpartes CPL, MPL, ATPL, IR.
17. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: Parte FCL: General, habilitaciones, instructores, examinadores.
18. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: Partes ARA, ORA (ATO, FSTD).
19. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: Parte CC.
20. Reglamento (UE) 1178/2011. Normativa europea de calificación de dispositivos de entrenamiento de vuelo simulado: Documentación de calificación QTGs y pruebas subjetivas.
21. Real Decreto 123/2015, de 27 de febrero, por el que se regula la licencia y habilitaciones del piloto de ultraligero.
b) Operaciones aéreas.
22. Operación de Aeronaves. Anexo 6 OACI. Transporte Aéreo Comercial con aviones y helicópteros.
23. Normas europeas relativas a la operación de aeronaves de transporte aéreo comercial. Reglamento (UE) N.º 965/2012 de la Comisión de 5 de octubre de 2012, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos en relación con las operaciones aéreas en virtud del Reglamento (CE) N.º 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo. Parte ARO, Parte ORO, Parte CAT, Parte SPA.
24. Normas europeas relativas a la operación de aeronaves que no realizan transporte aéreo comercial. Reglamento (UE) N.º 965/2012 de la Comisión de 5 de octubre de 2012, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos en relación con las operaciones aéreas en virtud del Reglamento (CE) N.º 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo. Parte SPO, Parte NCC, Parte NCO. 25. Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, por el que se regulan las actividades aéreas de lucha contra incendios y búsqueda y salvamento y se establecen los requisitos en materia de aeronavegabilidad y licencias para otras actividades aeronáuticas.
26. Operación y requisitos para operaciones especiales con aeronaves (RVSM, MNPS, RNP, PBN), operaciones de Largo Alcance (ETOPS) y operaciones todo tiempo (AWO): LVO (LVTO y CAT II/III).
27. Documentación de aeronave: AFM, FCOM. Doc 29. Sistemas de Gestión de vuelo (FMS): MCDU y FMC. Sistemas electrónicos de instrumentos de vuelo (EFIS): Primary Flight Displays, Navigation Displays, ECAM.
30. Gestión de riesgo de fatiga. Requisitos europeos sobre Flight Time Limitation.
31. Real Decreto 1952/2009, de 18 de diciembre, por el que se adoptan requisitos relativos a las limitaciones del tiempo de vuelo y actividad y requisitos de descanso de las tripulaciones de servicio en aviones que realicen transporte aéreo comercial.
32. Circular operativa 16 B sobre limitaciones de tiempo de vuelo, máximos de actividad aérea y periodos mínimos de descanso para las tripulaciones. 33. Factores humanos en la aviación. Gestión de recursos de cabina (CRM). Fatiga y limitaciones del tiempo de vuelo y actividad y requisitos de descanso de las tripulaciones de servicio en aviones que realicen transporte aéreo comercial. Psicología de la aviación. c) Navegación aérea.
34. Anexo 2 de la OACI: Reglas del aire.
35. Reglamento de Circulación Aérea: Reglamento (UE) no 923/2012 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012, por el que se establecen el reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea.
36. Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y se modifica el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.
37. Doc 4444 de OACI: Gestión del Tráfico Aéreo (PANS-ATM). 38. Doc 7030 de OACI: Procedimientos Suplementarios Regionales. 39. Reglamento (EU) 1332/2011 de la Comisión de 16 de diciembre de 2011 por el que se establecen requisitos comunes de utilización del espacio aéreo y procedimientos operativos para los sistemas anticolisión de a bordo (Part-AUR).
d) Gestión de la seguridad operacional.
40. Seguridad operacional. Marco normativo de la OACI. Compromisos de los Estados. El Convenio de Aviación Civil Internacional.
41. Programa Universal de auditoría de vigilancia de la seguridad operacional. Documentación relevante.
42. Anexo 19 de la OACI: Gestión de la Seguridad Operacional
43. Manual de Gestión de la Seguridad Operacional: Doc 9859 de OACI.
44. Programa Estatal de Seguridad Operacional en España: componentes y elementos. Ley 1/2011, de 4 de marzo, por la que se establece el Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil. Real Decreto 995/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrolla la regulación del Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil. Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba el programa estatal de seguridad operacional para la aviación civil por el que se establece la política y objetivos de seguridad aérea del Estado.
45. La Estrategia de Seguridad de la Unión Europea. Programa Europeo de Seguridad Aérea (EASP) y Plan Europeo de Seguridad Aérea (EASp, EPAS).
46. Sistema Europeo de Notificación de Sucesos: Reglamento (UE) n.º 376/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014 relativo a la notificación de sucesos en la aviación civil.
47. CEANITA: Orden PRE/697/2012, de 2 de abril, por la que se establecen las normas de funcionamiento de la Comisión de Estudio y Análisis de Notificaciones de Incidentes de Tránsito Aéreo (CEANITA).
48. Investigación de accidentes e incidentes aéreos. CIAIAC (Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil). Normativa europea y española.
e) Otras materias
49. Programa de Inspección en Rampa de la Unión Europea. Reglamento (CE) 768/2006. Lista comunitaria de las compañías aéreas sujetas a una prohibición de explotación en la Comunidad: Reglamento (CE) 2111/2005.
50. Requisitos de instrumentación y equipamiento de aeronaves. Requisitos de certificación, operación y aeronavegabilidad. Utilización de los sistemas de navegación por satélite como medio de navegación según las reglas de vuelo instrumental (IFR).
51. Aeronaves civiles pilotadas por control remoto. Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Operación de aeronaves civiles pilotadas por control remoto. Requisitos de operador, aeronave y piloto. Limitaciones operacionales y tipos de operación.
52. Manual de procedimientos para la inspección, certificación y supervisión permanente de las operaciones: Doc 8335 de la OACI.
53. Manual de supervisión de la seguridad operacional: Doc 9734 de la OACI.
54. Reglamento (CE) 1321/2014 sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves y productos aeronáuticos, componentes y equipos y sobre la aprobación de las organizaciones y personal que participan en dichas tareas: Parte M y Parte 145. AMC y GM.
55. Reglamento (CE) 2111/2005: Establecimiento de una lista comunitaria de las compañías aéreas sujetas a una prohibición de explotación en la Comunidad y sus Reglamentos de desarrollo.
56. Seguridad de la Aviación Civil ante actos de interferencia ilícita. Real Decreto 550/2006. Comité Nacional de Seguridad de la Aviación Civil. Parte pública del Programa Nacional de Seguridad. Comité Nacional de Seguridad. Reglamento (CE) número 300/2008, Reglamento (UE) número 18/2010, Reglamento (UE) número 185/2010 y desarrollos de los mismos.
57. Reglamento (UE) 748/2012 de la Comisión de 3 de agosto de 2012 por el que se establecen las disposiciones de aplicación sobre la certificación de aeronavegabilidad y medioambiental de las aeronaves y los productos, componentes y equipos relacionados con ellas, así como sobre la certificación de las organizaciones de diseño y de producción, en lo que se refiere a OSD (Operational suitability Data)
58. Certificación, registro y uso de ultraligeros motorizados (ULM).
Titulación
Se requiere estar en posesión o tener cumplidas las condiciones para obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, o Grado a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
Adicionalmente se requerirá, en el momento de presentar la solicitud, el cumplimiento con algunos de los siguientes perfiles
A. Para el perfil inspector de operadores aéreos de avión (ATPL-A):
a) Disponer o haber dispuesto de Licencia de Piloto de Transporte de Línea Aérea de avión (ATPL-A).
b) Disponer o haber dispuesto de al menos una habilitación de tipo de avión multimotor de turbina.
c) Acreditar un mínimo de 4.000 horas de vuelo, de las cuales al menos 2.000 horas serán como Comandante.
d) Haber ejercido de comandante en una compañía de transporte aéreo comercial.
B. Para el perfil de inspector de operadores aéreos de helicóptero y trabajos aéreos con helicóptero (ATPL-H o CPL-H):
a) Disponer o haber dispuesto de Licencia de Piloto de Transporte de Línea Aérea de helicóptero (ATPL- H) o de Licencia de Piloto Comercial de Helicóptero (CPL-H).
b) Disponer o haber dispuesto de al menos una habilitación de tipo de helicóptero de turbina.
c) Acreditar un mínimo de 2.000 horas de vuelo, de las cuales al menos 800 horas serán como Comandante.
d) Haber ejercido de comandante en una compañía de transporte aéreo comercial. e) Acreditar experiencia en compañías de trabajos aéreos.
C. Para el perfil de inspectores de trabajos aéreos con avión (CPL-A):
a) Disponer o haber dispuesto de Licencia de Piloto Comercial de avión (CPL-A).
b) Acreditar un mínimo de 2.000 horas de vuelo, de las cuales al menos 800 horas serán como Comandante.
c) Acreditar experiencia en compañías de trabajos aéreos.
D. Para el perfil de inspector de organizaciones de formación aeronáutica (ATO) (CPL-A):
a) Disponer o haber dispuesto de Licencia de Piloto de comercial (CPL).
b) Acreditar un mínimo de 2.000 horas de vuelo, con experiencia en instrucción.
Los solicitantes no podrán haber estado sujetos a ningún tipo de sanciones, incluidas la suspensión, limitación o revocación de cualquiera de sus licencias, habilitaciones o certificados esgrimidos para el presente concurso-oposición, por no cumplimiento con el Reglamento 216/2008 y sus Disposiciones de aplicación
Fase de oposición.
La oposición constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios, según se especifica en los epígrafes siguientes. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de los ejercicios correspondientes, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma que en su caso se hubieran acordado y que no estuvieran expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Concluida la fase de oposición se procederá a la publicación del cuestionario del primer ejercicio, los textos del segundo ejercicio y los supuestos prácticos de que conste el tercer ejercicio.
Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con las materias que figuran en el Anexo II de esta convocatoria. El cuestionario estará compuesto por un total de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, de las cuales 20 corresponderán a las materias generales del apartado a) Organización y funcionamiento de la Administración, 5 corresponderán a las materias generales del apartado b) Marco general y 75 a las materias específicas. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas. Todas las preguntas tendrán el mismo valor. Las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación correcta.
El tribunal hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizadas para la corrección del ejercicio en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la celebración de este primer ejercicio. La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio. Destinado a acreditar el conocimiento del idioma inglés en las partes que a continuación se indican: Parte A. Prueba escrita: Consistirá en la realización de dos traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa sobre dos textos redactados en lengua inglesa y española respectivamente, propuestos por el tribunal, que versarán sobre las materias contenidas en el Anexo II de esta convocatoria. Las traducciones serán depositadas en sobres. Posteriormente, el tribunal procederá a la apertura de sobres, a la corrección anónima de los ejercicios y a su calificación. La duración máxima de esta parte del ejercicio será de una hora.
Parte B. Prueba oral: En sucesivas sesiones, que serán públicas, cada aspirante deberá mantener una conversación en idioma ingles con el tribunal, durante un tiempo máximo de 10 minutos. La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superar el mismo. Cada parte tendrá una puntuación máxima de 10 puntos. No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en alguna de las partes. El tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma inglés.
Tercer ejercicio. Este ejercicio consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico, extraído al azar por el tribunal en presencia de los aspirantes, de entre un total de tres elaborados por dicho tribunal, que abarquen de forma general el temario de materias específicas que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de tres horas. Se valorará que los candidatos citen la referencia normativa en la que se hayan apoyado para el desarrollo del caso práctico, si bien durante la prueba no podrán disponer de ninguna documentación de apoyo. El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez finalizado el tiempo de realización del mismo, los aspirantes depositarán el original y la copia separados en un sobre que cerrarán y que quedará suficientemente identificado.
En sesión pública de lectura del ejercicio, cada aspirante abrirá el sobre, separará el original de la copia, entregando la copia al tribunal y procediendo a la lectura del original.
Al terminar el aspirante la lectura, el tribunal podrá formular preguntas durante un tiempo máximo de 15 minutos, sobre posibles soluciones alternativas o justificaciones de los planteamientos expuestos en el caso práctico. La calificación máxima de este ejercicio será 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar la prueba El tribunal valorará los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la capacidad analítica y la calidad de la expresión escrita, demostrados por el aspirante. La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios
Administración Especial, Técnico Medio
Administración y Gestión Pública, A2
Animadores Socioculturales, A2
Arquitectos Técnicos/Ingenieros de la Edificación
Atención a la dependencia, Grado
Conservación y Restauración BIC A2
Construcción Industrial Madera A2
Coordinador Deportivo, Graduado
Desarrollo agrario y pesquero, Técnicos
Dirección de Servicios Sociales
Diseño y Fabricación Muebles A2
Gestión y Administración Pública, Diplomados
Historia del Arte y Patrimonio Histórico-Artístico, Grado
Historia y Patrimonio Artístico, Grado
Ingenieros Técnicos Aeronáuticos
Ingenieros Técnicos Diseño Industrial
Ingenieros Técnicos Forestales
Ingenieros Técnicos Industriales
Ingenieros Técnicos Informática de Gestión
Ingenieros Técnicos Informáticos
Ingenieros Técnicos Tecnologías de la Información
Ingenieros Técnicos Telemáticos
Ingenieros Técnicos de Obras Públicas
Ingenieros Técnicos de Telecomunicaciones
Ingeniería Agroambiental y del Paisaje, Grado
Ingeniería en Tecnologías Industriales,Grado
Innovación y Desarrollo, Técnico
Inspectores Tributarios, Grado
Inspectores Técnicos de Consumo
Maestro de Taller F.P Marítimo Pesquera
Medio Ambiente, Técnicos medios
Navegación Marítima, Diplomados
Organización y Gestión Comercial
Patrimonio Cultural, Técnicos A2
Prevención de Riesgos Laborales, Técnico Medio
Radioelectrónica Naval, Diplomados
Relaciones Laborales, Diplomados.A2
Seguridad y Salud en el Trabajo
Subinspectores Policía Local, Grado
Tecnología de los Alimentos, Grado
Titulados MAP, Técnicos Medios
Técnico Administración General, Grado
Técnicos Medios Gestión Actividades Socioculturales
Técnicos Medios Inclusión Social
Técnicos Medios Normalización Lingüística
Técnicos Medios Recursos Humanos
Técnicos Medios Urbanismo, Grado
Técnicos Medios Violencia de Género
Convocadas 12 plazas por el turno libre (de ellas 1 está reservada para personas con discapacidad) de Titulados Medios en Organismos Autónomos Ministerio de Fomento, especialidad Operaciones Aéreas.
Disponibles test online en este enlace.
ANEXO II
Programa
Materias generales
a) Organización y funcionamiento de la Administración.
1. La Constitución Española de 1978. Estructura, principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y libertades fundamentales. La reforma constitucional. La estructura de poderes del Estado: Poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial. La Corona.
2. Fuentes del ordenamiento jurídico administrativo. La Constitución. Los tratados internacionales. La ley. El reglamento. Otras fuentes del derecho administrativo.
3. La Administración General del Estado. Órganos superiores y órganos directivos. La organización central. La organización periférica: Delegados y Subdelegados del Gobierno. Especial referencia al Ministerio de Fomento.
4. Las Comunidades Autónomas. El proceso autonómico y el sistema de distribución de competencias entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía y la organización institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: Entidades que la integran.
5. La Unión Europea y sus tratados constitutivos. Sistema institucional. Fuentes del Derecho de la Unión y su trasposición al ordenamiento jurídico español. Políticas comunes.
6. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas y su regulación. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Nulidad y anulabilidad de los actos. El procedimiento administrativo común y sus fases. La responsabilidad patrimonial de la Administración.
7. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.
8. Revisión de los actos en vía administrativa. Recursos administrativos: Concepto, naturaleza y clases. Revisión de oficio. La jurisdicción contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo.
9. La expropiación forzosa. Actos administrativos previos de expropiación. Justiprecio. Jurado Provincial de Expropiación. Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral.
10. Los contratos del Sector Público. Concepto y tipos. Sus elementos y procedimientos de adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.
11. El modelo de Función Pública del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Características generales. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: clasificación, derechos y deberes.
12. Principios, políticas y medidas de igualdad de género y contra la violencia de género. Normativa vigente en el ordenamiento español y en el de la Unión Europea, con especial referencia al II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y a las personas en situación de dependencia.
b) Marco general.
1. La Dirección General de Aviación Civil y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea: estructura orgánica y reparto de competencias. La Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC). La Entidad Pública Empresarial Enaire y la Sociedad Mercantil Estatal AENA S.A: competencias y funciones. El Consejo Asesor de Aviación Civil.
2. La Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos. La Agencia Estatal de Seguridad Aérea: fines, estructura y competencias. Órganos de Gobierno. El Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y el Contrato de Gestión
3. Organizaciones y Asociaciones Internacionales de Aviación Civil: Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA).
4. El Convenio de Aviación Civil Internacional. Anexos técnicos, Métodos y Prácticas Recomendados (SARPS), Procedimientos de Navegación Aérea (PANS), Procedimientos Suplementarios Regionales (SUPPS). Convenios Internacionales de Transporte Aéreo: Convenio de Varsovia, modificado en La Haya y Montreal.
5. Organismos y Asociaciones Europeas de Aviación Civil: Conferencia Europea de Aviación Civil (CEAC), Eurocontrol, Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA).
6. Marco legal e institucional comunitario en materia de seguridad aérea. Eurocontrol: Programas e iniciativas de navegación aérea. Relaciones con la Unión Europea. EASA: Organización, financiación y funciones asignadas a EASA. Relación con las autoridades nacionales de los Estados miembros.
7. Marco legal e Institucional de la Aviación Civil en España: La Ley de Navegación Aérea, la Ley de Seguridad Aérea y Ley 1/2011. Regulación de competencias entre los Ministerios de Defensa y Fomento; Órganos de coordinación: Comisión Interministerial entre Defensa y Fomento.
8. Investigación de accidentes e incidentes de aviación. Normas de seguridad en el transporte aéreo. Normativa española y comunitaria. Anexo 13 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.
9. Normativa sobre Registro de Matrícula de Aeronaves en España. Real Decreto 384/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de matriculación de aeronaves civiles.
10. Plan Global para la Navegación Aérea (GANP); concepto CNS/ATM; antecedentes y objetivos. 11. Normas de calidad. Sistemas de calidad. Documentación.
12. La Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA). Organización, funciones y competencias. Reglamento (CE) 216/2008 de la Comisión. Funciones asignadas a EASA y a las autoridades nacionales de los Estados miembros. Estructura de la regulación y proceso de creación de reglamentación.
13. Real Decreto 98/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de inspección aeronáutica. Materias específicas a) Licencias al personal.
14. Licencias al personal. El Anexo 1 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.
15. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: Parte FCL: Subpartes LAPL, PPL, SPL, BPL.
16. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: Parte FCL: Subpartes CPL, MPL, ATPL, IR.
17. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: Parte FCL: General, habilitaciones, instructores, examinadores.
18. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: Partes ARA, ORA (ATO, FSTD).
19. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: Parte CC.
20. Reglamento (UE) 1178/2011. Normativa europea de calificación de dispositivos de entrenamiento de vuelo simulado: Documentación de calificación QTGs y pruebas subjetivas.
21. Real Decreto 123/2015, de 27 de febrero, por el que se regula la licencia y habilitaciones del piloto de ultraligero.
b) Operaciones aéreas.
22. Operación de Aeronaves. Anexo 6 OACI. Transporte Aéreo Comercial con aviones y helicópteros.
23. Normas europeas relativas a la operación de aeronaves de transporte aéreo comercial. Reglamento (UE) N.º 965/2012 de la Comisión de 5 de octubre de 2012, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos en relación con las operaciones aéreas en virtud del Reglamento (CE) N.º 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo. Parte ARO, Parte ORO, Parte CAT, Parte SPA.
24. Normas europeas relativas a la operación de aeronaves que no realizan transporte aéreo comercial. Reglamento (UE) N.º 965/2012 de la Comisión de 5 de octubre de 2012, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos en relación con las operaciones aéreas en virtud del Reglamento (CE) N.º 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo. Parte SPO, Parte NCC, Parte NCO. 25. Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, por el que se regulan las actividades aéreas de lucha contra incendios y búsqueda y salvamento y se establecen los requisitos en materia de aeronavegabilidad y licencias para otras actividades aeronáuticas.
26. Operación y requisitos para operaciones especiales con aeronaves (RVSM, MNPS, RNP, PBN), operaciones de Largo Alcance (ETOPS) y operaciones todo tiempo (AWO): LVO (LVTO y CAT II/III).
27. Documentación de aeronave: AFM, FCOM. Doc 29. Sistemas de Gestión de vuelo (FMS): MCDU y FMC. Sistemas electrónicos de instrumentos de vuelo (EFIS): Primary Flight Displays, Navigation Displays, ECAM.
30. Gestión de riesgo de fatiga. Requisitos europeos sobre Flight Time Limitation.
31. Real Decreto 1952/2009, de 18 de diciembre, por el que se adoptan requisitos relativos a las limitaciones del tiempo de vuelo y actividad y requisitos de descanso de las tripulaciones de servicio en aviones que realicen transporte aéreo comercial.
32. Circular operativa 16 B sobre limitaciones de tiempo de vuelo, máximos de actividad aérea y periodos mínimos de descanso para las tripulaciones. 33. Factores humanos en la aviación. Gestión de recursos de cabina (CRM). Fatiga y limitaciones del tiempo de vuelo y actividad y requisitos de descanso de las tripulaciones de servicio en aviones que realicen transporte aéreo comercial. Psicología de la aviación. c) Navegación aérea.
34. Anexo 2 de la OACI: Reglas del aire.
35. Reglamento de Circulación Aérea: Reglamento (UE) no 923/2012 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012, por el que se establecen el reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea.
36. Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y se modifica el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.
37. Doc 4444 de OACI: Gestión del Tráfico Aéreo (PANS-ATM). 38. Doc 7030 de OACI: Procedimientos Suplementarios Regionales. 39. Reglamento (EU) 1332/2011 de la Comisión de 16 de diciembre de 2011 por el que se establecen requisitos comunes de utilización del espacio aéreo y procedimientos operativos para los sistemas anticolisión de a bordo (Part-AUR).
d) Gestión de la seguridad operacional.
40. Seguridad operacional. Marco normativo de la OACI. Compromisos de los Estados. El Convenio de Aviación Civil Internacional.
41. Programa Universal de auditoría de vigilancia de la seguridad operacional. Documentación relevante.
42. Anexo 19 de la OACI: Gestión de la Seguridad Operacional
43. Manual de Gestión de la Seguridad Operacional: Doc 9859 de OACI.
44. Programa Estatal de Seguridad Operacional en España: componentes y elementos. Ley 1/2011, de 4 de marzo, por la que se establece el Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil. Real Decreto 995/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrolla la regulación del Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil. Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba el programa estatal de seguridad operacional para la aviación civil por el que se establece la política y objetivos de seguridad aérea del Estado.
45. La Estrategia de Seguridad de la Unión Europea. Programa Europeo de Seguridad Aérea (EASP) y Plan Europeo de Seguridad Aérea (EASp, EPAS).
46. Sistema Europeo de Notificación de Sucesos: Reglamento (UE) n.º 376/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014 relativo a la notificación de sucesos en la aviación civil.
47. CEANITA: Orden PRE/697/2012, de 2 de abril, por la que se establecen las normas de funcionamiento de la Comisión de Estudio y Análisis de Notificaciones de Incidentes de Tránsito Aéreo (CEANITA).
48. Investigación de accidentes e incidentes aéreos. CIAIAC (Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil). Normativa europea y española.
e) Otras materias
49. Programa de Inspección en Rampa de la Unión Europea. Reglamento (CE) 768/2006. Lista comunitaria de las compañías aéreas sujetas a una prohibición de explotación en la Comunidad: Reglamento (CE) 2111/2005.
50. Requisitos de instrumentación y equipamiento de aeronaves. Requisitos de certificación, operación y aeronavegabilidad. Utilización de los sistemas de navegación por satélite como medio de navegación según las reglas de vuelo instrumental (IFR).
51. Aeronaves civiles pilotadas por control remoto. Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Operación de aeronaves civiles pilotadas por control remoto. Requisitos de operador, aeronave y piloto. Limitaciones operacionales y tipos de operación.
52. Manual de procedimientos para la inspección, certificación y supervisión permanente de las operaciones: Doc 8335 de la OACI.
53. Manual de supervisión de la seguridad operacional: Doc 9734 de la OACI.
54. Reglamento (CE) 1321/2014 sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves y productos aeronáuticos, componentes y equipos y sobre la aprobación de las organizaciones y personal que participan en dichas tareas: Parte M y Parte 145. AMC y GM.
55. Reglamento (CE) 2111/2005: Establecimiento de una lista comunitaria de las compañías aéreas sujetas a una prohibición de explotación en la Comunidad y sus Reglamentos de desarrollo.
56. Seguridad de la Aviación Civil ante actos de interferencia ilícita. Real Decreto 550/2006. Comité Nacional de Seguridad de la Aviación Civil. Parte pública del Programa Nacional de Seguridad. Comité Nacional de Seguridad. Reglamento (CE) número 300/2008, Reglamento (UE) número 18/2010, Reglamento (UE) número 185/2010 y desarrollos de los mismos.
57. Reglamento (UE) 748/2012 de la Comisión de 3 de agosto de 2012 por el que se establecen las disposiciones de aplicación sobre la certificación de aeronavegabilidad y medioambiental de las aeronaves y los productos, componentes y equipos relacionados con ellas, así como sobre la certificación de las organizaciones de diseño y de producción, en lo que se refiere a OSD (Operational suitability Data)
58. Certificación, registro y uso de ultraligeros motorizados (ULM).
Titulación
Se requiere estar en posesión o tener cumplidas las condiciones para obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, o Grado a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
Adicionalmente se requerirá, en el momento de presentar la solicitud, el cumplimiento con algunos de los siguientes perfiles
A. Para el perfil inspector de operadores aéreos de avión (ATPL-A):
a) Disponer o haber dispuesto de Licencia de Piloto de Transporte de Línea Aérea de avión (ATPL-A).
b) Disponer o haber dispuesto de al menos una habilitación de tipo de avión multimotor de turbina.
c) Acreditar un mínimo de 4.000 horas de vuelo, de las cuales al menos 2.000 horas serán como Comandante.
d) Haber ejercido de comandante en una compañía de transporte aéreo comercial.
B. Para el perfil de inspector de operadores aéreos de helicóptero y trabajos aéreos con helicóptero (ATPL-H o CPL-H):
a) Disponer o haber dispuesto de Licencia de Piloto de Transporte de Línea Aérea de helicóptero (ATPL- H) o de Licencia de Piloto Comercial de Helicóptero (CPL-H).
b) Disponer o haber dispuesto de al menos una habilitación de tipo de helicóptero de turbina.
c) Acreditar un mínimo de 2.000 horas de vuelo, de las cuales al menos 800 horas serán como Comandante.
d) Haber ejercido de comandante en una compañía de transporte aéreo comercial. e) Acreditar experiencia en compañías de trabajos aéreos.
C. Para el perfil de inspectores de trabajos aéreos con avión (CPL-A):
a) Disponer o haber dispuesto de Licencia de Piloto Comercial de avión (CPL-A).
b) Acreditar un mínimo de 2.000 horas de vuelo, de las cuales al menos 800 horas serán como Comandante.
c) Acreditar experiencia en compañías de trabajos aéreos.
D. Para el perfil de inspector de organizaciones de formación aeronáutica (ATO) (CPL-A):
a) Disponer o haber dispuesto de Licencia de Piloto de comercial (CPL).
b) Acreditar un mínimo de 2.000 horas de vuelo, con experiencia en instrucción.
Los solicitantes no podrán haber estado sujetos a ningún tipo de sanciones, incluidas la suspensión, limitación o revocación de cualquiera de sus licencias, habilitaciones o certificados esgrimidos para el presente concurso-oposición, por no cumplimiento con el Reglamento 216/2008 y sus Disposiciones de aplicación
Fase de oposición.
La oposición constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios, según se especifica en los epígrafes siguientes. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de los ejercicios correspondientes, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma que en su caso se hubieran acordado y que no estuvieran expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Concluida la fase de oposición se procederá a la publicación del cuestionario del primer ejercicio, los textos del segundo ejercicio y los supuestos prácticos de que conste el tercer ejercicio.
Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con las materias que figuran en el Anexo II de esta convocatoria. El cuestionario estará compuesto por un total de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, de las cuales 20 corresponderán a las materias generales del apartado a) Organización y funcionamiento de la Administración, 5 corresponderán a las materias generales del apartado b) Marco general y 75 a las materias específicas. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas. Todas las preguntas tendrán el mismo valor. Las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación correcta.
El tribunal hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizadas para la corrección del ejercicio en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la celebración de este primer ejercicio. La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio. Destinado a acreditar el conocimiento del idioma inglés en las partes que a continuación se indican: Parte A. Prueba escrita: Consistirá en la realización de dos traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa sobre dos textos redactados en lengua inglesa y española respectivamente, propuestos por el tribunal, que versarán sobre las materias contenidas en el Anexo II de esta convocatoria. Las traducciones serán depositadas en sobres. Posteriormente, el tribunal procederá a la apertura de sobres, a la corrección anónima de los ejercicios y a su calificación. La duración máxima de esta parte del ejercicio será de una hora.
Parte B. Prueba oral: En sucesivas sesiones, que serán públicas, cada aspirante deberá mantener una conversación en idioma ingles con el tribunal, durante un tiempo máximo de 10 minutos. La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superar el mismo. Cada parte tendrá una puntuación máxima de 10 puntos. No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en alguna de las partes. El tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma inglés.
Tercer ejercicio. Este ejercicio consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico, extraído al azar por el tribunal en presencia de los aspirantes, de entre un total de tres elaborados por dicho tribunal, que abarquen de forma general el temario de materias específicas que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de tres horas. Se valorará que los candidatos citen la referencia normativa en la que se hayan apoyado para el desarrollo del caso práctico, si bien durante la prueba no podrán disponer de ninguna documentación de apoyo. El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez finalizado el tiempo de realización del mismo, los aspirantes depositarán el original y la copia separados en un sobre que cerrarán y que quedará suficientemente identificado.
En sesión pública de lectura del ejercicio, cada aspirante abrirá el sobre, separará el original de la copia, entregando la copia al tribunal y procediendo a la lectura del original.
Al terminar el aspirante la lectura, el tribunal podrá formular preguntas durante un tiempo máximo de 15 minutos, sobre posibles soluciones alternativas o justificaciones de los planteamientos expuestos en el caso práctico. La calificación máxima de este ejercicio será 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar la prueba El tribunal valorará los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la capacidad analítica y la calidad de la expresión escrita, demostrados por el aspirante. La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios
Administración Especial, Técnico Medio
Administración y Gestión Pública, A2
Animadores Socioculturales, A2
Arquitectos Técnicos/Ingenieros de la Edificación
Atención a la dependencia, Grado
Conservación y Restauración BIC A2
Construcción Industrial Madera A2
Coordinador Deportivo, Graduado
Desarrollo agrario y pesquero, Técnicos
Dirección de Servicios Sociales
Diseño y Fabricación Muebles A2
Gestión y Administración Pública, Diplomados
Historia del Arte y Patrimonio Histórico-Artístico, Grado
Historia y Patrimonio Artístico, Grado
Ingenieros Técnicos Aeronáuticos
Ingenieros Técnicos Diseño Industrial
Ingenieros Técnicos Forestales
Ingenieros Técnicos Industriales
Ingenieros Técnicos Informática de Gestión
Ingenieros Técnicos Informáticos
Ingenieros Técnicos Tecnologías de la Información
Ingenieros Técnicos Telemáticos
Ingenieros Técnicos de Obras Públicas
Ingenieros Técnicos de Telecomunicaciones
Ingeniería Agroambiental y del Paisaje, Grado
Ingeniería en Tecnologías Industriales,Grado
Innovación y Desarrollo, Técnico
Inspectores Tributarios, Grado
Inspectores Técnicos de Consumo
Maestro de Taller F.P Marítimo Pesquera
Medio Ambiente, Técnicos medios
Navegación Marítima, Diplomados
Organización y Gestión Comercial
Patrimonio Cultural, Técnicos A2
Prevención de Riesgos Laborales, Técnico Medio
Radioelectrónica Naval, Diplomados
Relaciones Laborales, Diplomados.A2
Seguridad y Salud en el Trabajo
Subinspectores Policía Local, Grado
Tecnología de los Alimentos, Grado
Titulados MAP, Técnicos Medios
Técnico Administración General, Grado
Técnicos Medios Gestión Actividades Socioculturales
Técnicos Medios Inclusión Social
Técnicos Medios Normalización Lingüística
Técnicos Medios Recursos Humanos
Técnicos Medios Urbanismo, Grado
Técnicos Medios Violencia de Género
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